La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) informó que mantendrá su postura de trasladar a tarifas gastos ajenos a la prestación de servicios públicos regulados (como convenciones colectivas). Su declaración enfrenta el compromiso del Gobierno con grupos sindicales de recurrir una resolución que impide financiar la convención de Recope con tarifas de combustibles.
Aresep argumenta que no trasladará a las tarifas "gastos desproporcionados, excesivos, ajenos e innecesarios relacionados con la prestación del servicio público y que no se encuentren debidamente justificados", indica un comunicado de prensa emitido esta mañana.
Esta madrugada, la administración Solís acordó con grupos sindicales, que fueron a huelga, usar "las herramientas legales pertinentes para recurrir" una reciente resolución de Aresep que impide financiar gastos de convención colectiva con ingresos por tarifas. Dicha entidad rechazó parte de una solicitud planteada por la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), la cual pretendía cubrir con un aumento en los combustibles una serie de gastos que no tienen relación con la prestación de servicios.
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No se puede inlcuir en tarifas. Dentro de los costos que se excluyeron del cálculo de la tarifa derivados de la convención colectiva, se encuentran: el fondo de ahorro, préstamos, vivienda, recreación y garantía, incluidos los gastos administrativos relacionados con la administración de este fondo, servicio de restaurantes (soda), útiles y materiales para recepciones, becas otorgadas a los hijos de los trabajadores, entre otros. También se excluyeron gastos relacionados con servicios de salud (trabajo social, psicología laboral, odontología, ginecología, entre otros).
Según Aresep, su ley constitutiva le impone la obligación de respetar el principio de servicio al costo, que constituye la base para la fijación de las tarifas y precios de los servicios públicos, de manera que dentro de las tarifas se contemplen solamente los costos asociados a la prestación del servicio y el deber de excluir aquellas erogaciones innecesarias o ajenas a la prestación del mismo.
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La entidad sostiene que las convenciones colectivas son condiciones establecidas entre los funcionarios y la empresa y por lo tanto, las obliga entre sí, pero no a terceros; sobre ellas (convenciones colectivas) prevalece la Ley de Aresep, lo que faculta al Regulador a excluir gastos no relacionados con la prestación del servicio público; todo ello con respaldo de sentencias del Juzgado y Tribunal Contencioso Administrativo en 2013, que valida las actuaciones de la Aresep.
Recope también argumentó que se excluyeron gastos relacionados con la Gerencia de Refinación que incluye las remuneraciones de 373 funcionarios; sin embargo, dicho argumento también fue rechazado por Aresep, por cuanto, pues dicha empresa no refina desde 2011 y no se justificó debidamente que esos funcionarios llevaran a cabo labores asociadas al almacenamiento, trasiego y distribución de combustibles.