A seis meses de la llegada de la pandemia de coronavirus al país, Costa Rica continúa flexibilizando las medidas restrictivas para enfrentar la alerta sanitaria.
El presidente de la República, Carlos Alvarado, anunció este miércoles en conferencia de prensa, que en setiembre se hará la transición hacia la estrategia “Costa Rica trabaja y se cuida”.
El modelo permite una mayor apertura económica, al tiempo que disminuye la restricción vehicular. Entretanto, refuerza el mensaje de respetar las medidas sanitarias de prevención.
“Este modelo de gestión es un modelo donde todos tenemos que ser responsables de nuestro cuido, siempre usar la mascarilla, protocolo de estornudo, lavado de manos, distanciamiento, respetar burbujas y no exponernos innecesariamente.
“No obstante llevaremos una mayor apertura en los establecimientos, locales y actividades salvo una lista que son las de muy alto riesgo. Lo que no es de muy alto riesgo podrá funcionar”, afirmó Alvarado.
Restricción vehicular
En esa línea, el gobierno anunció que, a partir del 31 de agosto y durante todo el mes de setiembre, se unifica la restricción sanitaria para todo el país, sin importar si los territorios están en alerta amarilla o naranja.
Entre semana
La restricción sanitaria unificada de lunes a viernes será de 5 a. m. a 10 p. m.
Salvo la lista de excepciones no circulan las placas terminadas en:
- Lunes: 1 y 2.
- Martes: 3 y 4.
- Miércoles: 5 y 6.
- Jueves: 7 y 8.
- Viernes: 9 y 0.
Fines de semana
La restricción sanitaria unificada para sábados y domingos será de 5 a. m. a 8 p. m.
Salvo lista de excepciones no circulan las placas terminadas en:
- Sábado: 0, 2, 4, 6 y 8 (pares).
- Domingo: 1, 3, 5, 7 y 9 (impares).
Apertura económica
Las medidas restrictivas están definidas por dos periodos. La fase de transición, que va del 31 de agosto al 8 de setiembre, y la fase de reapertura controlada, que va del 9 al 30 de setiembre.
La fase de transición solo se aplica en los cantones con alerta naranja. Los territorios en amarillo continuarán su proceso de reapertura.
Del 31 de agosto al 8 de setiembre (cantones en alerta naranja).
- Cierre de todos los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público en cantones en alerta naranja, salvo la lista de excepciones que incluye supermercados, ferreterías, servicio a domicilio, reparación de vehículos, tiendas, restaurantes, salones de belleza, entre otros.
- Se autoriza el funcionamiento de deportes individuales, al aire libre o en espacio cerrado, sin público; deportes de contacto para entrenamiento de las Selecciones Nacionales Femenina y Masculina de alta competencia; y competencias de la categoría de alto rendimiento o profesional, a puerta cerrada y sin público; y deportes de contacto para entrenamientos individuales sin contacto o acercamiento físico; todos según lista autorizada por el Ministro del Deporte.
- Los hoteles podrán funcionar en todo el país con aforo del 100%. En las zonas comunes de dichos hoteles (restaurantes, piscinas, gimnasios, entre otros) deberán mantenerse un aforo del 50%.
- Se realiza la apertura de todas las playas del país de lunes a domingo hasta las 2:30 p. m.
- Los cantones en alerta amarilla continuarán con el proceso de reapertura de establecimientos.
- Los cantones en alerta amarilla continúan con su fase normal de reapertura.
- Los gimnasios no podrán operar en esta etapa para los territorios que aplican las medidas. Solo aquellos que brinden servicios a sus huéspedes, en caso de hoteles.
Del 9 al 30 de setiembre (para todo el país)
- Apertura controlada de establecimientos que cuenten con permiso sanitario de funcionamiento que atienden al público, en un horario de lunes a viernes desde las 5 a.m. y hasta las 10 p.m., y de sábados a domingos desde las 5 a.m. y hasta las 8 p.m., respetando el 50% de su capacidad máxima de aforo.
- El Ministerio de Salud establece una serie de actividades que deberán mantenerse cerradas en razón de su nivel de riesgo muy alto, tales como eventos de concentración masiva, bares, casinos, entre otros. Asimismo se dispone un listado de establecimientos que pueden funcionar pero con un aforo diferenciado, tales como lugares de culto, salones de eventos, cines y teatros.
- Los salones de eventos para actividades empresariales o académicas podrán funcionar con un máximo 75 personas (con medidas de separación de asientos de mínimo 1,8 metros, respetando las burbujas sociales y con listas de asistentes con número de cédula y número de contacto). En las 75 personas no se incluye el personal de logística del evento. El resto de actividades en salones de eventos (bodas o baby showers) deberán mantenerse con un máximo de 30 personas.
Establecimientos
De lunes a domingo sin restricción horaria, en fase de transición (cantones naranja).
- Los servicios a domicilio.
- Las instituciones públicas en general y municipios.
- Plataformas de atención al cliente de instituciones públicas y municipales, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Sucursales de Correos de Costa Rica para la recepción y entrega de paquetería, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Sucursales de mensajería y envíos de paquetería, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Los establecimientos de salud públicos y privados (clínicas, farmacias, hospitales, laboratorios, consultorios, servicios de radiodiagnósticos, servicios de emergencias, ópticas, macrobióticas, entre otros), clínicas veterinarias y droguerías.
- Servicios de salud en unidades móviles cumpliendo con lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 41045-S.
- Servicios comunitarios de recolección de residuos.
- Supermercados, abastecedores, pulperías y minisúper, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Panaderías, carnicerías y verdulerías, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Ferias del agricultor, con una capacidad de ocupación al 50%, con estrictos protocolos y una franja diferenciada para adultos mayores de las 5 a. m. a las 8:30 a. m..
- Establecimientos de venta de insumos agropecuarios, veterinarios y alimentos para animales, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Establecimientos donde exista comercialización de productos agrícolas, pecuarios, pesca y acuicultura, floristerías, mercados, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Ferreterías y venta de materiales para la construcción, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Cerrajerías, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Vidrieras, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Alquiler de vehículos.
- Revisión Técnica Vehicular (RTV), con una capacidad de ocupación al 50%.
- Reparación de vehículos, motores en general, motocicletas, llantas, ciclos y talleres de bicicletas, equipo agrícola, maquinaria y equipo pesado e industriales, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Lubricentros con una capacidad de ocupación al 50%.
- Venta de repuestos, partes, piezas y accesorios para vehículos, motores en general, bicicletas, equipo agrícola, maquinaria y equipo pesado e industriales, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Servicios de lavado de automóviles.
- Suministro y abastecimiento de combustibles.
- Establecimientos de suministros de higiene, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Lavanderías, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Servicios bancarios y financieros públicos o privados, en entidades financieras o no financieras, con una capacidad de ocupación al 50%.
- La venta de loterías y productos de azar debidamente autorizados por la Junta de Protección Social.
- Funerarias y/o capillas de velación, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Guarderías públicas, privadas o mixtas tuteladas por el CAI o el MEP.
- Centros de atención de personas en condición de vulnerabilidad y dependencia, públicos y privados.
- Hoteles, cabinas o establecimientos de alojamiento, con una capacidad de ocupación al 100%.
- Piscinas, restaurantes, gimnasios de los hoteles, cabinas o establecimientos de alojamiento, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Centros con piscinas de aguas termales, con una capacidad de ocupación 50%.
- Playas y lagos de lunes a domingo de las 5 a. m. a las 2:30 p. m., con medidas de distanciamiento de 1,8 metros respetando las burbujas sociales. Este acceso incluye las actividades deportivas sin contacto.
- Actividades de alojamiento para estancia corta (moteles).
- Estacionamientos o parqueos públicos.
- Actividades a puerta cerrada sin público en teatros (incluyendo el Teatro Nacional y el Teatro Popular Melico Salazar), iglesias, municipalidades con sus sesiones de concejo municipal, consejos de distrito, reunión de comisiones y demás reuniones municipales, así como cualquier otro espacio cerrado para el desarrollo de transmisiones virtuales, con estricto cumplimiento de los protocolos preventivos y lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud y con el personal mínimo requerido.
- Actividades de agentes dedicados a la venta de animales vivos (subastas ganaderas), con una capacidad de ocupación al 50%.
- Polígonos de tiro, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Parques nacionales, según la lista que publique el Minae, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Comercios dentro de las terminales nacionales e internacionales del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría y Daniel Oduber, con una capacidad de ocupación al 50%.
- Todos aquellos otros establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento que no brinden atención al público presencial.
De lunes a viernes de 5 a. m. a 10 p. m. y fines de semana de 5 a. m. a 8 p. m., en fase de transición (cantones naranja).
- Restaurantes al 50%. Los comercios con patente de Bar y Restaurante, solo se les permitirá la operación del área de restaurante con expendio de bebidas alcohólicas.
- Sodas y cafeterías al 50%.
- Plazas de comidas al 50%.
- Tiendas en general al 50%.
- Tiendas por departamentos al 50%.
- Salones de Belleza, Barberías y Estéticas, con programación de citas al 50%.
- Modalidad de autoservicio al público, entiéndase la misma como el retiro de productos permaneciendo dentro del vehículo.
- Modalidad de retiro de comida en establecimiento para llevar.
- Turismo aventura, con utilización obligatoria de mascarilla o careta mientras se coloca y se retira el equipo de seguridad para realizar la actividad, y respetando las burbujas sociales.
- Deportes individuales, al aire libre o en espacio cerrado, sin público, según lista autorizada por el Ministro del Deporte.
- Deportes de contacto para entrenamiento de las Selecciones Nacionales Femenina y Masculina de alta competencia; y competencias de la categoría de alto rendimiento o profesional, a puerta cerrada y sin público, según lista autorizada por el Ministro del Deporte.
- Deportes de Contacto para entrenamientos individuales sin contacto o acercamiento físico, según lista autorizada por el Ministro del Deporte.
Fase de reapertura controlada (todo el país).
Funcionan todos los establecimientos respetando los lineamientos del Ministerio.
No podrán operar
- Conciertos.
- Espectáculos públicos.
- Campos feriales.
- Actividades taurinas.
- Topes.
- Actividades deportivas con público
- Festejos populares.
- Turnos comunitarios.
- Actividades de entretenimiento en centros comerciales.
- Festival Internacional de Cine.
- Organización de convenciones y exposiciones comerciales.
- Festival Nacional de las Artes.
- Teatro Popular Melico Salazar (salvo para transmisiones virtuales).
- Teatro Nacional (salvo para transmisiones virtuales y visitas guiadas con grupos no más de 10 personas).
- Juegos para niños, parques de patinaje, parques de jumping, inflables y similares.
- Parque Diversiones.
- Parque Viva (salvo las carreras automovilísticas sin espectadores y el autocine.)
- Bares.
- Discotecas.
- Clubes nocturnos.
- Balnearios.
- Actividades y procesiones religiosas.
- Actividades de juegos de azar y apuestas; como casinos y bingos.