Si a un trabajador se le diagnostica algún padecimiento producto de una situación de acoso laboral, esa persona recibe una incapacidad de parte de la CCSS.
Sin embargo, esta entidad busca que sea el Instituto Nacional de Seguros (INS) el que valore cada caso, brinde la atención médica y pague la licencia por enfermedad.
¿En qué se basa la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) para hacer ese planteamiento?
“En que el acoso laboral, por derivarse del trabajo mismo, debería de considerarse como un riesgo laboral”, explica Rodrigo Bartels, coordinador de la Comisión Central Evaluadora de Incapacidades de la Caja.
El tema ya lo conoce la Gerencia Médica de la Caja pues hace dos meses le solicitó a la Dirección Jurídica un criterio legal, para determinar los escenarios en los cuales solicitarle al INS que atienda los casos de acoso laboral.
Se intentó obtener el criterio del Instituto, pero su oficina de prensa comunicó que la entidad “no se referirá, por ahora, al tema hasta contar con la comunicación formal de los argumentos que expone la CCSS para tal determinación”.
Males físicos y mentales. El acoso laboral, también conocido como mobbing (asedio), se refiere a todo acto, conducta, declaración o solicitud de parte de un compañero de trabajo o superior, que resulte inoportuno, según la Organización Internacional de Trabajo (OIT).
El mobbing causa en los trabajadores males como depresión, insomnio, ansiedad y ataques de pánico, entre otros.
Bartels, de la Caja, manifestó que la propuesta para que el INS atienda esos casos se basa en el artículo 197 del Código de Trabajo.
En síntesis, esa norma establece como enfermedad del trabajo “todo estado patológico (...) que tenga su origen o motivo en el propio trabajo o en el medio y condiciones en que el trabajador labora, y debe establecerse que estos han sido la causa de la enfermedad”.
Según datos de la Caja, solo en el 2011 se extendieron 5.018 boletas de incapacidad por acoso laboral, para un total de 54.283 días de licencia y el pago de ¢743 millones.
Ese monto se lo ahorraría la Caja si el INS asume la atención del acoso laboral. Para esto último, se tendría que variar la legislación y determinados reglamentos.
Legislación. A criterio del Marco Durante, abogado especialista en Derecho Laboral, el acoso en sitios de trabajo sí debería enmarcarse como parte del riesgo laboral.
No obstante, advirtió de que el país primero debería pensar en legislar sobre este tema pues hasta ahora lo que se tiene “son directrices o lineamientos del Ministerio de Trabajo” sobre cómo atender las situaciones de hostigamiento.
El especialista afirmó que lo ideal sería la promulgación de una ley de hostigamiento laboral, similar a la que existe para el hostigamiento sexual.
Bartels, por su parte, señaló que países como Francia, Suecia y Bélgica ya incorporaron el acoso laboral como un riesgo de trabajo.
El funcionario de la Caja alegó que, recientemente, en un fallo de la Sala Segunda, se determinó que un trabajador de una universidad sufrió un infarto por el acoso al que fue sometido por su empleador.