La Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL) paga millonarias indemnizaciones luego de perder un juicio laboral entablado por 97 trabajadores, el cual fue resuelto por la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia al cabo de 11 años en la vía judicial.
Para cumplir los pagos derivados de la sentencia, la Compañía se vio obligada a reservar ¢11.493 millones en 2022 con el fin de concretar los giros a partir del año siguiente. La mayoría de pagos se completaron este año.
Franklin Quirós Arce, director a. i. de Administración y Finanzas, declaró que la entidad es respetuosa de las resoluciones judiciales, las cuales se atienden en tiempo y forma, como en este caso.
Reconoció que cuando se registró la provisión, en el 2022, hubo una afectación de los resultados de ese año, para cuando la CNFL había terminado con una utilidad de ¢20.343 millones, según Estados Financieros Auditados de ese periodo.
El caso de remonta al 11 de mayo de 2011 cuando un grupo de funcionarios alegó que se violentaba el artículo 71 de la convención colectiva, el cual indica que los salarios serían fijados conforme las categorías de pago de cada actualización del Decreto de Salarios Mínimos del Consejo Nacional de Salarios y del Servicio Civil.
Los demandantes presentaron un reclamo colectivo ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, para exigir revalorizaciones de sus salarios, conforme lo decretado por la Dirección del Servicio Civil a partir del año 2008.
Asimismo, solicitaron un reconocimiento retroactivo de las diferencias salariales hasta ese momento, más intereses, indexación y las costas del proceso. El grupo lo integraron ingenieros de distintas especialidades, contadores y administradores, entre otros trabajadores. El caso se tramitó bajo el expediente 11-000219-1178-LA.
La demanda no prosperó en primera instancia, pues el Juzgado de Trabajo declaró sin lugar el reclamo el 17 de febrero de 2016, por lo que el apoderado especial judicial del grupo, Fernando Bolaños Céspedes, apeló la decisión. Sin embargo, el Tribunal de Apelación de Trabajo confirmó la sentencia del Juzgado, el 4 de setiembre de 2018.
Bolaños formuló entonces un recurso de casación ante la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, que es la última instancia en material laboral. La gestión fue planteada el 22 de noviembre de 2018.
Cuatro años más tarde, el 30 de noviembre de 2022, los magistrados resolvieron en favor de los 97 profesionales, algunos ya extrabajadores de la CNFL. Fue entonces cuando la entidad decidió hacer la reserva para pagar las indemnizaciones.
Razonamiento de la Sala II
El recurso ante la Sala II se centró en verificar si la CNFL dejó de aplicar lo dispuesto en el artículo 71 de la convención colectiva durante el tiempo que concernía al proceso y que si, de haber ocurrido así, existía algún motivo legítimo que justificara razonablemente esa omisión.
En la sentencia 2022-003225, los magistrados explicaron que la administración de la CNFL empezó a aplicar la norma en cuestión, pero dejó de hacerlo a partir de la emisión de algunos decretos y resoluciones administrativas. Por ejemplo, se cita la resolución DG-279-2007 de la Dirección General de Servicio Civil que modificó el Manual de Clases Anchas contenido en la resolución DG-055-97 y sus reformas. Esto suprimió algunas descripciones y especificaciones de clases de puestos y se crearon algunas nuevas.
Para la Sala, la mencionada resolución y los decretos no tuvieron la virtud de dejar sin efecto la convención, pues en la jerarquía de las normas jurídicas, estos tienen menor rango frente al acuerdo laboral, el cual posee fuerza de ley entre las partes. En segundo término, según el fallo, porque la intención de tales decretos y resoluciones nunca fue desaplicar el contenido de la convención en ningún aspecto.
En todo caso, explica el documento, esas normas implicaron una sustitución unilateral válida en la denominación de los puestos y en las estructuras salariales que no podría dejar sin efecto la convención colectiva, al ser un acuerdo entre el patrono y el sindicato de trabajadores de la CNFL.
“En razón de lo expuesto se debe revocar la sentencia recurrida. En su lugar, procede acoger la demanda en todos sus extremos y denegar al respecto la excepción de falta de derecho. Corresponde ordenar a la Compañía Nacional de Fuerza y Luz pagar a las personas actoras las revalorizaciones generales de salario decretadas por la Dirección General del Servicio Civil a partir del 1.° de enero de 2008″, determinó el fallo.
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CNFL logró arreglos de pago
Ante esta decisión, la Compañía estableció la reserva para costear esos 97 reclamos, así como el reconocimiento retroactivo de las diferencias salariales generadas debido a cada uno de los decretos de salarios emitidos entre enero de 2008 y 2010 y hasta la fecha.
De acuerdo con los estados financieros auditados del 2023, en la sección de “Contingencias”, durante ese año se suscribieron 28 acuerdos extrajudiciales con una cantidad igual de demandantes.
El monto ligado a esos 28 arreglos fue por ¢2.994 millones a cancelar mediante pagos periódicos con un plazo de entre 3 y 5 años. Solo en el 2023, pagó ¢703 millones, quedando un saldo de ¢2.291 millones al cerrar 2023.
De la provisión original de ¢11.493 millones, indican los estados financieros, quedó un saldo de ¢8.496 millones al cierre del año anterior, con el cual se atendieron los pagos de otras 69 personas. Franklin Quirós precisó que se realizó el proceso de conciliación y se pagó en el mes de julio anterior a la mayoría de los demandantes.
Fundamentados en la resolución judicial, además, la Compañía equiparó en abril del año pasado las bases salariales de los puestos profesionales, con el fin de ajustar a derecho ese rubro. “Con las decisiones recientes, la CNFL cumple con la normativa legal y jurisprudencia que le aplica, incluyendo la Convención Colectiva de Trabajo”, indicó el funcionario.
Actualmente, la CNFL tiene 2.020 trabajadores (803 son profesionales y 1.217 no profesionales.