La Contraloría General de la República anuló de oficio la precalificación que hizo el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi), de las dos empresas que serían adjudicadas para prestar el servicio de revisión técnica vehicular.
Según explicó este jueves el órgano contralor, se dejó sin efecto el acto en el que se determinó como aptas las ofertas de la firma TÜV Rheinland Certio, S. L. y del Consorcio Applus CR.
La decisión, dijo, se tomó por considerar que TÜV Rheinland Certio S.L. no logró acreditar el cumplimiento de la experiencia requerida por el Cosevi, que exigía un mínimo de 25 millones de revisiones integrales para una de las empresas que conforman ese consorcio.
El incumplimiento de este requisito fue considerado un riesgo para la correcta ejecución del servicio, según los criterios establecidos por el Consejo, lo que llevó a la decisión de anular el acto de precalificación.
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“Le corresponde al Cosevi valorar si procede el dictado de un nuevo acto, todo conforme los parámetros fijados en el pliego y el objeto del concurso, lo que queda bajo su entera responsabilidad”, indicó la nota de prensa de la Contraloría.
En la misma resolución, la Contraloría declaró sin lugar el recurso planteado por la actual operadora, Dekra, debido a que desde la ronda anterior de apelaciones se había determinado que no cumplía con uno de los requisitos de admisibilidad financiera.
El director a.i. del Cosevi, Carlos Rivas, explicó que tras lo resuelto por la CGR lo que corresponde es volver a revisar el requisito de experiencia, siguiendo los lineamientos que indicó el órgano contralor. Aseguró que el proceso de licitación actual “no se ha caído”.
Según Rivas, esta resolución únicamente devuelve el trámite actual a la etapa de precalificación, donde se revisan las ofertas y requisitos de las dos compañías que superaron la fase de admisibilidad. Es decir seguirían únicamente valorando las ofertas de Applus y TÜV Rheinland Certio, S. L.
Largo proceso para seleccionar operadores de revisión técnica
Las decisiones dadas a conocer este jueves por la CGR son parte del largo camino andado para escoger a los futuros operadores de la revisión técnica.
En marzo anterior, la CGR había anulado el acto mediante el cual el Cosevi determinó que el proceso era infructuoso porque solo una de las empresas cumplía los requisitos de admisibilidad y la intención es que haya dos operadores.
En esa ocasión, la Contraloría determinó que el concurso podría continuar debido a que una de las tres ofertas sí superaba esa primera fase y otra de las participantes podría ser potencialmente elegible tras la resolución del reclamo presentado. Precisamente se trataba del caso del Grupo TÜV Rheinland.
Según esa resolución, la Administración debería revisar nuevamente la experiencia técnica aportada y el cumplimiento del requisito de 25 millones de inspecciones integrales.
Luego de retomar la revisión y avanzar en el proceso de precalificación, la Comisión Evaluadora concluyó a inicios de agosto que la empresa alemana TÜV Rheinland cumplía con los requisitos de experiencia y competencia técnica establecidos en el pliego de condiciones. Además, ratificó que el Cosevi podía seguir adelante en el proceso de selección debido a que previamente ya se había confirmado la idoneidad del consorcio Applus CR.
Esa recomendación fue aprobada por la Junta Directiva del Consejo de Seguridad Vial el 31 de julio, por lo que se acordó declarar a ambas empresas como “preseleccionadas” y avanzar en la siguiente etapa del concurso.
Previamente, el Cosevi había acordado extender el permiso de uso en precario a Dekra por nueve meses más, a fin de tener el tiempo necesario para completar el proceso de contratación y una adecuada transición para evitar la interrupción del servicio.
Fallo de Sala Constitucional sobre reglas para revisión técnica
Para aquel momento, el Consejo de Seguridad Vial solo dependía de que la Sala Constitucional resolviera una acción contra los artículos de la Ley de Tránsito que regulan ese servicio, así como que la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) realizara la fijación tarifaria.
El pasado 16 de octubre, la Sala resolvió la acción de inconstitucionalidad y ratificó que la selección del futuro operador de la revisión técnica debía darse por medio de una licitación, y no bajo el modelo de “autorizaciones indefinidas” contemplado en la ley.
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