El alcalde de San José, Johnny Araya, y dos funcionarios más deberán cumplir suspensiones sin goce de salario por entre 20 y 25 días por la contratación directa, sin concurso público ni estudios técnicos o legales, de un bufete de abogados para la asesoría jurídica laboral de la Municipalidad de San José.
Este fue el resultado de la investigación realizada por la Contraloría General de la República (CGR). Según la pesquisa, el alcalde capitalino autorizó el 21 de agosto de 2018 la contratación por excepción de la empresa BDS Asesores Jurídicos sin contar con estudios de mercado o legales que justificaran el pago por ¢22,5 millones. El objetivo de la contratación era asesorar a los abogados del ayuntamiento en cuestiones relacionadas con la nueva ley de empleo público, capacitaciones y la renegociación de la convención colectiva.
La Contraloría subrayó que no hay evidencia de que la Municipalidad de San José elaborara un análisis para validar que BDS Asesores Jurídicos era el único proveedor en el mercado capaz de brindar la asesoría legal requerida.
Solo en el Sistema Integrado de Compras Públicas (Sicop) había, hasta mayo de 2022, 395 personas físicas o jurídicas registradas como proveedores en “servicios legales de empleo o laboral”.
De acuerdo con la pesquisa de la Contraloría, el ayuntamiento echó adelante la contratación directa basados únicamente en una cotización y una revisión superficial en sitios web.
Frente a los hechos, el órgano contralor resolvió suspender por 20 días sin goce de salario a Araya Monge y al director administrativo de la Municipalidad, un hombre de apellido Castro. También ordenó la suspensión sin goce de salario por 25 días del director de Asuntos Jurídicos.
Las sanciones fueron fijadas y comunicadas en mayo de 2023 y ratificadas en noviembre siguiente, al declararse sin lugar un recurso de revocatoria presentado por los investigados, según consta en el oficio DC-0353, firmado por Bernal Aragón Barquero, subcontralor general de la República.
“(...) El investigado Araya Monge autorizó una contratación por excepción, sin verificar y constatar, de manera previa, que se cumplieran con los requisitos que la normativa legal y reglamentaria”, enfatizó la CGR.
Araya manifestó que se siente perseguido por la Contraloría General de la República, pues es la tercera suspensión sin goce de salario que recibe; la última fue decretada en junio de 2022 y estuvo relacionada con el pago ilegal a una compañía encargada de los parquímetros en San José; en esa ocasión el castigo fue de 30 días.
“Estoy muy indignado por la forma de actuar de la Contraloría”, expresó Araya, quien no podrá aspirar a la reelección como alcalde en febrero próximo debido a las reformas electorales que impiden a un jerarca permanecer por más de dos periodos al frente de un ayuntamiento.
Según el alcalde capitalino, una persona que ocupe un cargo de elección popular no puede ser sancionado por decisiones administrativas. Su posición está basada en el caso Petro versus Colombia, en el cual la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó, en julio de 2020, que ese país sudamericano adecuara su normativa para que “no puedan ser destituidos ni inhabilitados por decisiones de autoridades administrativas” los cargos electos de manera popular.
En ese caso, Gustavo Petro Urrego, actual presidente de Colombia, fue destituido en abril de 2014 del cargo de alcalde de Bogotá y además fue inhabilitado por 15 años para ocupar cualquier puesto público por varias faltas relacionadas con la recolección de residuos en esa ciudad.
Por último, Araya aseguró que está dispuesto a llevar su caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pues de acuerdo con su interpretación esa jurisprudencia aplica para Costa Rica y, por lo tanto, no puede ser suspendido de sus funciones por una decisión tomada por la Dirección de Asuntos Jurídicos.
El 21 de diciembre anterior, la Contraloría notificó al Tribunal Supremo de Elecciones para ejecutar la sanción contra el alcalde josefino.
Araya añadió que el mes anterior presentó un amparo electoral contra el castigo impuesto por la Contraloría. También declaró que la decisión de contratar un servicio como la asitencia legal o cualquier otro recae sobre áreas administrativas del ayuntamiento y, de acuerdo con su criterio, existe jurisprudencia de la Sala Primera que exime a los jerarcas de responsabilidad en ese tipo de casos.
“Yo no soy experto para decir si BDS Asesores Jurídicos era o no oferente único, ellos (las áreas administrativas) lo dijeron. Además de eso, yo tengo otro órgano técnico, que es la Proveeduría y yo le mando a decir: ‘inicié el proceso de contratación’, si estaba mal la solicitud, la Proveeduría tenía la obligación de decírmelo”, enfatizó.
El contratista
BDS Asesores Jurídicos, empresa representada legalmente por el abogado Marco Durante, aceptó pagar al Estado una sanción económica luego de recibir la imputación de cargos, en abril de 2022.
La multa por ¢2,25 millones fue cancelada el 28 de abril de 2022, según los registros oficiales. El pago tiene el objetivo de reparar el daño patrimonial causado al Estado.
“Si bien mi representada cuenta con suficientes argumentos de defensa y no comparte la imputación de cargos efectuada por el órgano contralor en contra de sus intereses, para no entrar en contención con el órgano contralor ofrece realizar el pago de la utilidad percibida de inmediato”, señaló Durante a la Contraloría.
Luego de la cancelación, la Contraloría levantó una anotación sobre un inmueble de la compañía, pues se estableció esa acción como una medida cautelar.