El Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) considera exigir licencias de conducir a los usuarios de bicimotos. Esta medida forma parte de las acciones que la institución evalúa en respuesta al notable aumento en el uso de estos vehículos en el país y a la falta de regulación en esta materia.
Uno de los asuntos que el Consejo tiene pendiente de resolver es la acreditación de los conductores, pues esta dependerá de la capacidad de la Dirección General de Educación Vial para atender a los aspirantes al nuevo permiso.
Cindy Coto, directora del Cosevi, se refirió a los avances del proyecto de regulación de las bicimotos durante la sesión celebrada por la Junta Directiva de la institución el pasado 22 de mayo.
En respuesta a la pregunta de una directiva, Coto indicó que ya se completó el informe técnico que sustenta la regulación y señaló que se están valorando una serie de modificaciones que podrían tener un impacto social “importante”.
La funcionaria manifestó que aparejado a la decisión de establecer una licencia para este tipo de vehículo, es necesario garantizar que Educación Vial tenga las capacidades para atender a las personas que serán enviadas a realizar el respectivo curso de manejo.
Agregó que actualmente se encuentran en una “segunda fase” del proceso que consiste en abordar estos aspectos con el viceministro de Transportes, Carlos Ávila.
Dicho análisis no solo contempla las capacidades administrativas necesarias para implementar los cambios, sino también el impacto social de los mismos ya que muchas personas utilizan la bicimoto como medio de subsistencia, pues laboran en servicios de entrega a domicilio.
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En la actualidad, estos vehículos están exentos de cualquier regulación. El hecho de que tengan pedales impide aplicarles los requisitos establecidos por la Ley de Tránsito y Seguridad Vial para las motocicletas.
Dicha normativa indica que las motos deben estar registradas y sus conductores deben portar licencia, casco y otros elementos de seguridad vial, además de cumplir con la revisión técnica y pagar marchamo.
Por otro lado, la Ley 9960 de Movilidad Ciclística no detalla en ningún escenario la existencia de bicimotos. Solo menciona “bicicletas asistidas” sin especificar si esto incluye motores eléctricos o de combustión, lo cual también deja a las bicimotos fuera de esa norma.
El uso de estos vehículos se popularizó en Costa Rica luego de la pandemia de covid-19, cuando muchas personas comenzaron a utilizarlos como medio de transporte urbano o como herramienta de trabajo para brindar servicios de entregas a domicilio.
Dichos aparatos logran alcanzar velocidades mayores a las que se pueden desarrollar con el pedaleo convencional. Sin embargo, muchos usuarios no utilizan ningún tipo de dispositivo de seguridad, lo que los expone a mayor riesgo en caso de accidente.
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Monopatines están prohibidos
En la misma sesión del Cosevi, y en respuesta a consultas de los directivos, Cindy Coto recordó que los monopatines o scooters, que se han popularizado en los últimos años como medios para recorrer distancias cortas, principalmente en la ciudad, están prohibidos.
Coto aseguró que si una persona es detectada por las autoridades utilizando estos dispositivos en una vía pública, se procederá a decomisarlos. De hecho, según manifestó, hay algunos de estos vehículos detenidos en los patios del Cosevi.
La preocupación de los miembros del Consejo surge porque estos dispositivos, que constan únicamente de una manivela y una especie de patín, pueden alcanzar grandes velocidades.
Con frecuencia, se observan adelantando carros en las rutas nacionales o en la acera, donde también pueden afectar a los peatones.
Carlos Rivas Fernández, asesor legal del Cosevi, añadió que estos dispositivos están diseñados para zonas donde no se comparte la vía con automóviles, sino más bien para espacios como el Parque Metropolitano La Sabana, en San José.
Por su parte, la directora del Cosevi destacó que la principal problemática que enfrentan respecto a estos vehículos radica en la limitada capacidad de fiscalización de la Policía de Tránsito.