Costa Rica enfrenta desde octubre un arbitraje internacional entablado por una filial del Grupo ENEL, del Gobierno italiano, que atribuye al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) la “expropiación indirecta” de sus dos plantas hídricas en Alajuela, a las cuales dejó de comprarles electricidad.
Sin otro comprador que no sea el ICE, las plantas están ociosas desde el año pasado.
Los documentos incluidos en la contratación 0062021405000068 revelan que el Poder Ejecutivo fue notificado del inicio del arbitraje contra el país el 1.° de octubre pasado. El proceso se tramita en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) adscrito al Banco Mundial y con sede en Washington.
Para ejercer su defensa, el ICE dispuso de $3 millones con los cuales costear servicios de una firma legal especializada mediante una contratación “de urgencia”, revela información publicada el viernes 26 de noviembre en el Sistema Integrado de Compras Públicas (Sicop).
Los demandantes son las empresas Energía y Servicios South America (ESSA) y Enel Green Power Costa Rica (EGP Costa Rica), detalla el oficio 4050-210-2020 del ICE, del 26 de noviembre.
El escrito revela que ESSA es una sociedad chilena propiedad del Grupo Enel del Ejecutivo italiano dedicado a la generación y venta de electricidad y gas con sede en Roma. ESSA es dueña de EGP Costa Rica y de las plantas Don Pedro y Volcán situadas en San Miguel de Sarapiquí y Poás de Alajuela, respectivamente.
En setiembre del 2020, el ICE obligó a ambas plantas a apagar sus turbinas al no renovarles los contratos de compra. A la fecha, esa misma suerte han sufrido otras seis plantas, con inversiones que rondan en conjunto los $47 millones.
ESSA reclama que por la actuación del ICE, Costa Rica habría inclumplido normas del Acuerdo entre la República de Chile y la República de Costa Rica para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones (Appri) suscrito entre ambas naciones en el 2008, pues sostienen que el Instituto hizo una expropiación indirecta de su inversión a la luz del derecho internacional pues aducen que el régimen jurídico vigente en Costa Rica únicamente permite a los generadores privados venderle al ICE.
“Costa Rica incumplió su obligación de otorgar a los inversionistas un tratamiento justo y equitativo dentro de su territorio, al que tienen derecho, según el artículo 4 del tratado invocado”, cita el oficio.
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El documento añade que, de acuerdo con los demandantes, al no extenderse los contratos se frustraron sus expectativas sobre la continuidad de su operación en Costa Rica. Añaden que tampoco recibieron suficientes razones respecto a la decisión del ICE.
Además, alegan que sus contratos no se renovaron mientras que a otros proveedores privados en circunstancias análogas sí se les extendieron, lo cual consideran, se lee en el documento, “abiertamente discriminatorio contra las empresas demandantes”.
“Hubo una ulterior negativa del ICE de analizar otras alternativas para permitirle a P.H. Don Pedro y P.H. Río Volcán vender energía eléctrica en el Mercado Eléctrico Regional, valiéndose de argumentos puramente formalistas para impedir que las demandantes pudieran continuar con la operación de sus proyectos hidroeléctricos”, indican los antecedentes del caso citados en el oficio del ICE.
Para las empresas, las actuaciones del ICE equivalen a una “expropiación” por la que deben ser indemnizadas, sin que todavía formalicen el monto que pedirán de compensación, el cual se comunicará avanzado el proceso.
Un oficio del ICE, del 15 de noviembre, señala que desde el 29 de enero, Casa Presidencial recibió una carta titulada “Solicitud de inicio de consultas amigables por parte de Energía y Servicios South America”, en la cual ESSA anunció su intención de arbitraje.
En dicha nota, ESSA expresó su inconformidad con las decisiones adoptadas por Costa Rica, a través del Instituto, y solicitó el inicio de conversaciones amistosas como paso previo a la interposición del arbitraje al amparo del Appri.
Asesoría legal externa
Para preparar la defensa, la Administración del ICE consultó a la División Jurídica de la entidad sobre el contrato directo de servicios para la atención urgente de gestiones legales y judiciales, “para lo cual la norma establece como requisito que se debe dejar constancia que no se cuenta con funcionarios idóneos disponibles para la tramitación del asunto”.
El criterio de la División Jurídica fue que no cuenta con personal apto para esta defensa, por lo cual el ICE solicitó al Ministerio de Comercio Exterior (Comex) recomendaciones de expertos para su asesoría legal..
De acuerdo con el estudio de mercado de Comex, este le recomendó al ICE promover la contratación directa de servicios de abogacía invitando a las firmas Allen & Overy y Arnold & Porter Kaye Scholer.
“Como es de su conocimiento, avanzar rápidamente en este proceso será fundamental para contar con una adecuada defensa en este arbitraje en los tiempos procesales requeridos. Desde Comex, quedamos a las órdenes para aclarar cualquier consulta necesaria en la que sea necesario nuestro apoyo técnico, de manera que puedan avanzar lo antes posible con estas gestiones”, expresó el Ministerio.
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