Costa Rica impuso visa restringida a los nacionales de seis países. El Gobierno aumentó de 15 a 21 la lista de países en esta categoría.
Se trata de Kazajistán, Kirguistán, Tayikistán, Turkmenistán y Uzbekistán y Azerbaiyán, todas exrepúblicas soviéticas de Asia Central que lograron su independencia en 1991 con la disolución de la Unión Soviética.
La visa restringida es para aquellos extranjeros que necesitan de visa consular y no pueden presentar la solicitud ante el cónsul de su país de origen o de residencia habitual. No es una visa de trabajo y el trámite debe ser realizado en persona ante un consulado de Costa Rica.
Además, cada solicitud debe remitirse a revisión ante la Comisión de Visas Restringidas de la Dirección de Migración y Extranjería (DGME).
El índice de países a los que se impone este requisito aumentó a 21 nombres en marzo de este 2023.
El 28 de marzo, el Gobierno publicó una actualización de las Directrices Generales de Visas de Ingreso y Permanencia para No Residentes. Los ajustes aparecen en el Alcance #54 a La Gaceta #57.
Los seis países añadidos se unen a los de Afganistán, Haití, Siria, Palestina, Bangladesh, Myanmar, Corea del Norte, Irán, Somalia, Etiopía, Eritrea, Iraq, Sri Lanka, Cuba y Jamaica.
Costa Rica sí permite el paso a viajeros de 98 naciones sin presentar visado para los lapsos de permanencia de 30 a 90 días.
En cambio, sí le pide visado previo de ingreso a personas de 102 países, incluido el grupo de naciones en la categoría de “visa restringida”.
Las personas no residentes admitidas a Costa Rica, se les pida o no visa, solo podrán realizar legalmente actividades de descanso, esparcimiento, recreación o cualquiera otra con fines de ocio, negocios o profesionales, siempre y cuando no sean actividades que impliquen remuneración o lucro dentro del territorio nacional.
Esto conforme a lo establecido al efecto la Organización Mundial del Turismo bajo el concepto “Turismo”.