Certificados de antecedentes penales y estados de cuenta bancarios apostillados o legalizados, demostración de ingresos a dos años plazo y firma digital emitida en Costa Rica. Estos son algunos de los requisitos incluidos en el borrador del reglamento a la ley para la atracción de nómadas digitales extranjeros a Costa Rica.
Para 17 organizaciones, entre las que hay cámaras empresariales y oficinas de atracción de inversiones, se trata de trámites engorrosos que podrían desincentivar la llegada de estos visitantes.
El reglamento es necesario para implementar la Ley para Atraer Trabajadores y Prestadores Remotos de Servicios de Carácter Internacional (Ley 10008), aprobada hace casi nueve meses. Fue puesto en consulta a mediados de marzo y desde entonces ha generado críticas de inversionistas, sector turístico, desarrolladores inmobiliarios y hasta de entidades de Gobierno, todas enviadas a la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), responsable de revisar el documento.
La normativa, se supone, pretende convertir al país en un imán del mercado emergente de profesionales que mediante el uso de Internet pueden laborar desde cualquier parte del mundo, lo que los convierte en visitantes de larga estancia. Cada uno de ellos que haga de Costa Rica su “oficina” puede inyectar unos ¢15 millones por semestre a la economía nacional, según estimaciones de la Cámara Nacional de Turismo (Canatur).
Sin embargo, para la Asociación de Empresas de Zonas Francas de Costa Rica, el borrador del reglamento, por el contrario, impone a quienes busquen la categoría de nómadas digitales “requisitos carentes de razonabilidad, proporcionalidad y con exceso de regulación” pues, aseguró, la redacción actual plantea requerimientos “engorrosos y excesivos y no genera atracción”.
LEA MÁS: Cinde y Procomer abogan por librar a nómadas digitales de apostillar documentos
En la misma línea se pronunció la Cámara Costarricense de la Construcción, según la cual, en términos generales, el trámite para los profesionales extranjeros solicitantes resultaría “tedioso” porque la propuesta pide certificaciones que podrían “entorpecer el proceso de obtención de la visa y por ende desincentivar a los interesados”.
Annette Fischel, directora ejecutiva de la Cámara de Turismo Azul en Guanacaste, aseguró que toda la lógica de la ley 10.008, de ser eficiente y digital para los extranjeros, se desnaturaliza con el texto de reglamento propuesto, al exigir a los teletrabajadores certificados de antecedentes penales apostillados y legalizados, estados de cuenta bancarios apostillados o legalizados, demostración de ingresos futuros a dos años plazo, firma digital emitida en Costa Rica y citas presenciales, entre otros. Los anteriores están contenidos principalmente en los artículos 5, 6 y 9.
Ante consulta de La Nación, la Dirección de Mejora Regulatoria del MEIC informó de que una vez concluida la fase de consulta pública, analizarían todas las observaciones para luego emitir un criterio dirigido a las autoridades a cargo del borrador (en este caso la Dirección General de Migración y Extranjería). Esa fase de redacción del criterio debía concluir este jueves 31 de marzo.
Claúsulas de la discordia
Entre los requisitos que Migración pretende solicitar a los trabajadores extranjeros está remitir su solicitud firmada digitalmente. Si esa persona no tiene firma digital, su solicitud debe ser autenticada por abogado o notario público en caso de realizarse el trámite en territorio nacional. Si se tramita en el exterior, la solicitud debe apostillarse o contar con el requisito de legalización consular.
“Esperamos que se rectifiquen estas trabas y se emita un reglamento acorde a las necesidades del programa y del sector, a fin de que sea ampliamente utilizado por miles de personas en el mundo ,ansiosas de venir a este paraíso que es Costa Rica”, expresó Fischel.
La aerolínea Costa Rica Green Airways también abundó sobre las cláusulas “poco prácticas (casi inviables)”, según su oficio enviado al MEIC. El mismo clamor emana de los oficios del resto de entidades, entre las cuales están el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), Canatur, la Cámara Costarricense de Hoteles, varios desarrolladores inmobiliarios y el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.
Del mismo modo, engrosan la lista la Coalición Costarricense de Iniciativas de Desarrollo (Cinde) y Fragomen; una firma internacional con presencia en Costa Rica que facilita trámites migratorios a empresas que requieren mover su fuerza laboral a otros países.
Otro crítico de la norma en revisión por el MEIC fue la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep).
LEA MÁS: Gobierno deja tirado reglamento para atraer nómadas digitales
“Se desincentiva el ingreso de estos interesados al territorio costarricense para los fines dispuestos en la ley, perdiendo el atractivo para su posible aplicación. Los requisitos incongruentes con el estilo de vida de las personas nómadas no permitirán que se cumpla el objetivo de la ley, el cual es atraer inversión extranjera a Costa Rica”, planteó Uccaep en sus observaciones.
La Promotora de Comercio Exterior (Procomer) manifestó que el borrador de reglamento deja la impresión de que el trámite para los interesados es en algunos casos tradicional, es decir ante una ventanilla física.
“A nuestro criterio, esta categoría de estancia, la cual debe ser de emisión expedita se entorpece mediante este reglamento, pues actualmente, sumada a la tardanza para la emisión de un reglamento, no se está cumpliendo con el objeto de “atracción” si los requisitos representan un proceso igual de engorroso de una categoría ya existente, no establecería ningún incentivo ni diferenciación que permita a Costa Rica posicionarse como un destino atractivo para dicho fin”, aseveró Procomer.