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Decisiones que abrieron camino al reconocimiento del matrimonio igualitario

La CCSS, el Tribunal Supremo de Elecciones y por supuesto la Sala Constitucional han sido claves en el proceso

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Muchas fueron las manifestaciones y marchas en defensa de los derechos de las personas sexualmente diversas. Esta se registró en junio de 2012. Foto: Rebeca Arias

Los espacios para el reconocimiento de derechos de las personas sexualmente diversas se abrieron a partir de decisiones administrativas, a las que siguieron fallos judiciales.

Detrás de cada una hubo una persona o una organización que empredió la lucha, o bien autoridades que reconocieron la necesidad de un cambio.

Este es un repaso de algunos de esos puntos del camino hasta llegar al reconocimiento de matrimonio igualitario en Costa Rica a partir de este 26 de mayo.

  • Julio de 2010: El Tribunal Supremo de Elecciones emitió el Reglamento de Fotografías de Cédulas, mediante el cual se permitió que la imagen en el documento de identidad estuviera acorde con el sexo con el cual se identificaban los ciudadanos.
  • Octubre de 2011: Un fallo de Sala Constitucional modificó el Reglamento Técnico del Sistema Penitenciario para que se permitiera a los privados de libertad homosexuales recibir visitas íntimas de sus parejas del mismo sexo.
  • Agosto de 2014: La Sala Constitucional obligó al Colegio de Abogados a otorgarle los mismos derechos que se daban a las parejas de sus miembros heterosexuales a las parejas de sus afiliados homosexuales.
  • Octubre de 2014: La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social dejó en firme la Reforma al Reglamento de Seguro de Salud que posibilitó a la población homosexual asegurar a sus parejas.
  • Junio de 2015: El Juzgado de Familia de Goicoechea reconoció la unión de hecho entre una pareja de hombres con fundamento en una reforma a la Ley de la Persona Joven de 2013, que estaba cuestionada en Sala IV.
  • Marzo de 2016: La Universidad de Costa Rica determinó que los documentos y títulos de sus estudiantes trans tendrían el nombre que ellos eligieran según el género con el que se identificaban.
  • Enero de 2018: Se notifica la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que solicitó el gobierno de Luis Guillermo Solís. La decisión del tribunal internacional ordenó al Estado costarricense asegurar los mismos derechos a la población sexualmente diversa, entre ellos al matrimonio y a la modificación del nombre según género autopercibido.
  • Abril de 2018: El Ministerio de Trabajo emitió una directriz para incluir el beneficio de pensión por muerte a parejas del mismo sexo cubiertas bajo el Régimen Transitorio de Reparto del Magisterio Nacional.
  • Agosto de 2018: La Sala IV declara la inconstitucionalidad del inciso 6 del artículo 14 del Código de Familia que prohibía los matrimonios entre personas del mismo sexo. En esa votación también avaló las uniones de hecho entre estas parejas.
  • Octubre de 2019: El Consejo del Poder Judicial reconoció el derecho de la pareja del mismo sexo de funcionario fallecido a heredar la pensión.
Irene Vizcaíno

Irene Vizcaíno

Editora de Sociedad y Servicios Públicos. Graduada en Ciencias de la Comunicación Colectiva. Tiene una maestría en Periodismo y una licenciatura en Derecho.

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