Si usted tiene un accidente de tránsito en el que solo hay daños materiales y tiene una póliza voluntaria de automóviles del Instituto Nacional de Seguros (INS), ahora podrá conciliar de una manera más rápida si la otra persona involucrada está anuente. Resover este trámite pasó de 10 a tres días.
La agilidad del proceso llega gracias a un convenio firmado entre el Poder Judicial y el INS, donde la coordinación ahora se puede realizar en línea y de forma directa entre el juzgado y la aseguradora.
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Grace Segura, jefa de la Dirección de Seguros de Automóviles informó de que “esta alianza agiliza el proceso conciliatorio por daños a la propiedad de terceros, le ahorra tiempo al cliente al flexibilizar el proceso indemnizatorio mediante el uso de un sistema digital que gestiona, de forma eficiente, las solicitudes de conciliación presentadas en sede judicial por daños materiales, reduciendo las visitas de los Asegurados al Juzgado y al INS”.
Además, la persona asegurada podrá presentar desde el Juzgado de Tránsito la solicitud de modificación del factor de experiencia del asegurado, esto para que no afecte la bonificación en el pago de la prima del seguro. Lo cual evita visitar posteriormente una sede del INS para realizar la modificación, esto una vez que existe sentencia firme que lo absuelva por no ser responsable del evento y en el mismo proceso se condene a un tercero como responsable civil.
Antes de este cambio, el asegurado debía acudir hasta en tres ocasiones al Juzgado de Tránsito y también hasta en tres ocasiones al INS, ahora, solo debe presentarse una vez ante el juzgado.
El convenio pretende brindar un servicio de calidad en materia conciliatoria a las personas usuarias de ambas instituciones (INS-PJ), ya que el procedimiento incorpora “la celebridad, simplificación de los procesos, el aprovechamiento de todos los recursos y la mejora continua en la gestión integral de los servicios”, indicó Estéfana Brenes Alfaro representante del Poder Judicial y miembro de la Comisión Interinstitucional de Tránsito.
Cambios en el trámite a la firma del convenio
Anteriormente, el asegurado debía presentarse al Juzgado de Tránsito y solicitar conciliar por daños materiales, el juez a cargo del proceso judicial, solicitaba contar con visto bueno del INS. Posteriormente, el implicado se presentaba a la sede del INS, para solicitar el visto bueno de conciliación. El juzgado debía realizar un análisis y ver si emitía la resolución de solicitud de conciliación, luego quién hacía la solicitud debía presentarse a la sede para obtener respuesta.
Lo que llevaba a un largo camino hasta que el Juzgado analizara la resolución emitida por el INS y resolvía si acogía o rechazaba la petición. Finalmente, el solicitante se presentaba al INS a entregar la resolución judicial y llegar a un acuerdo final.
Ahora, en el plazo de diez días hábiles, que se cuentan a partir del recibo de la boleta de citación, el conductor del vehículo asegurado deberá apersonarse al Juzgado de Tránsito y rendir su declaración (Artículo Comparecencia del imputado de la Ley de Tránsito).
En caso de que alguna de las partes involucradas solicite conciliar, el Juez consultará si existe el uso de una póliza. De ser así, el juzgado puede tramitar la solicitud directamente con el INS. El Juzgado con el acta de conciliación y el documento del INS realiza análisis y resuelve acoger o rechazar la solicitud notificando al asegurado.
Este es un convenio que se venía trabajando desde hace meses atrás y recientemente se puso en marcha.