Los diputados de la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa dieron a conocer este miércoles un texto alternativo al plan del Gobierno para regular plataformas tecnológicas de transporte como Uber.
El texto, entre otros objetivos, pretende poner al usuario como la figura más importante para ejercer la regulación, al tiempo que se toman en cuenta la situación de los conductores de taxistas rojos.
“Se pretende regular los servicios mediante plataforma, mejorar las condiciones para los taxistas porque sabemos que aquí de por medio hay ante todo una situación de empleo. Hemos, en mi opinión, consensuado un texto donde el centro es el usuario pero en un sano equilibrio con quienes dan el servicio de transporte”, explicó Roberto Thompson Chacón, diputado del Partido Liberación Nacional y presidente de la Comisión.
Dentro de este sistema de protección al usuario, se incluye la posibilidad de limitar la cantidad de tiempo que un conductor acreditado se mantiene conectado.
Además, se establecen obligaciones de emitir políticas y procedimientos para fomentar la seguridad de la persona usuaria, evitar el acoso sexual y la discriminación
“En caso de una investigación de cobertura por reclamación, las ESTP (empresas de servicios de transporte de personas por medio de plataformas tecnológicas), y cualquier asegurador que potencialmente pueda ofrecer cobertura bajo esta ley, tendrán que cooperar para facilitar el intercambio de información pertinente con las partes directamente involucradas y con la aseguradora contratada por el conductor acreditado”, añade el texto.
El cliente tendrá que recibir un comprobante por cada servicio que contenga, como mínimo, costo del servicio, la ruta transitada, la placa y el tipo de vehículo, así como el nombre completo y la foto del conductor acreditado.
Thompson agregó que la propuesta está abierta a discusión pero, adelantó, el documento aspira a una mejora sustancial en el marco regulatorio vigente en materia de transporte público.
Además, elimina la pretensión inicial del Gobierno de cobrarle a plataformas como Uber y similares, el pago al Estado de ¢8.299 millones por el registro de su operación.
Tributación y CCSS
El plan establece como requisito que todas las empresas que ofrezcan los servicios de transporte de personas por plataformas tecnológicas, se inscriban en un registro digital denominado empresas de servicios de transporte de personas por medio de plataformas tecnológicas.
Ese registro debe incluir forzosamente certificación de su inscripción como contribuyente en la Dirección General de Tributación, ya que este servicio estará sujeto al pago del impuesto al valor agregado (IVA), de acuerdo con la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Púbicas, Ley N° 9635 de 4 de diciembre de 2018.
Otros requisitos serán la certificación de inscripción ante la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y el comprobante de pago correspondiente al registro de la empresa equivalente a veinte salarios base, en las entidades bancarias a título de la Tesorería Nacional. Ese monto sería de ¢8,9 millones para la empresa.
Las empresas, según el plan de ley, también quedan obligadas a crear y mantener actualizado un registro interno o base de datos de los conductores y vehículos acreditados y registrados en su plataforma tecnológica.
Asismismo, las compañías tienen que entregar al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de manera trimestral, la lista de conductores acreditados y registrados en la plataforma tecnológica y las respectivas placas de los vehículos acreditados que estos conductores tienen a su cargo.
Del mismo modo, emitir a cada conductor un perfil o identificación digital que permita demostrar su inscripción, el cual deberá ser utilizado por todos los conductores acreditados ante su respectiva empresa.
El plan de ley también obliga a Uber y similares a vigilar que las pólizas de seguros contempladas en esta nueva propuesta de legislación ley, se encuentren vigentes.
Un aspecto novedoso del plan es la creación del llamado Derecho de Operación el cual consiste en un fondo que se constituye de una contribución anual del conductor igual a 20% del salario base que se utiliza para fijar multas (actualmente es ¢446.200). El monto que pagaría hoy si el texto fuera ley sería de ¢90.000.
Esta contribución se depositaría ante las instancias bancarias a nombre de la Tesorería Nacional, que consigne el número de placa al cual se asociará el derecho de operación.
Del dinero recaudado, según el plan, 75% iría para Instituto Nacional de Ferrocarriles, un 20% al Sistema Nacional de Áreas de Conservación y 5% al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual deberá ser destinado a los gastos operativos producto del manejo de registros y de la fiscalización de esta ley.
Taxistas
En el caso de los taxistas, la nueva propuesta también reforma disposiciones de la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la modalidad de Taxi del 22 de Diciembre de 1999.
Por ejemplo, se autorizaría que los vehículos usados como taxi con menos de 8 años de antigüedad, solo cumplan una revisión técnica vehicular al año (hoy son dos visitas).Solo modelos con más de 8 años requerirán una revisión vehicular cada 6 meses.
También se permite al taxista la colocación de publicidad, dentro y fuera del vehículo, siempre que no impida la visibilidad del usuario o del conductor hacia el exterior y que no implique alterar la estructura original del vehículo (se prohíbe modificar sus dimensiones o colocarle artefactos encima del mismo).
La propuesta también indica que la tarifa de cobro fijada por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) para taxis fungirá como un precio máximo de referencia.
“Por debajo de esa tarifa, el prestatario del servicio y el cliente podrán convenir un precio del servicio”, agrega el texto. El plan sí impone un límite: no podrán haber más de tres vehículos inscritos como taxis a nombre de una misma persona física o jurídica.