Una demanda presentada por el expresidente del ICE Carlos Obregón Quesada, contra dos sindicalistas fracasó en los tribunales civiles.
El reclamo contra los sindicalistas Jorge Arguedas Mora y Julio Muñoz Mayorga se declaró sin lugar de acuerdo con la sentencia 2019-000898 del Tribunal Primero Civil de San José, del 28 de noviembre.
El hecho que desencadenó la demanda se remonta a julio de 2015, cuando Arguedas se desempeñaba como diputado y Muñoz era el presidente de la Asociación Nacional de Técnicos y Trabajadores de la Energía y las Comunicaciones (Anttec).
Fue entonces cuando Muñoz envió un correo al personal del Grupo ICE con un video en el cual invitaba a los funcionarios a participar en una marcha prevista para ese mismo mes.
Según los acontecimientos narrados en la acción judicial, en el video, Muñoz Mayorga se habría referido a Obregón como “el principal enemigo del ICE” y como “líder de la corrupta administración superior" que tenía "secuestrado al ICE”.
Al final de su intervención, el sindicalista invita a la marcha contra el “presidente ejecutivo corrupto que tiene el Instituto”.
En la misma sentencia, se indica que Obregón envió una nota a Muñoz Mayorga donde le pidió fundamentar y respaldar con documentos o pronunciamientos judiciales las manifestaciones que hizo sobre él.
El sindicalista le respondió que sus imputaciones se derivaron de una “serie de informaciones vertidas por el diputado Jorge Arguedas Mora”, entonces congresista por el Partido Frente Amplio y también sindicalista de Anttec.
El propio Arguedas tambień difundió el video desde su cuenta personal en el canal de YouTube.
Por estas actuaciones, Obregón Quesada los demandó por ¢25 millones por concepto de afectación personal que consideró haber sufrido.
El reclamo no prosperó.
En su resolución, los jueces explican que Obregón Quesada únicamente interpuso la demanda civil, es decir, falló en acudir a la vía penal para que ahí se acreditara si las imputaciones hechas por los demandados eran o no ciertas, “requisito elemental para poder resarcir en sede civil, los daños y perjuicios reclamados”.
A criterio del tribunal, Obregón debió plantear una querella por delitos contra el honor.
“En consecuencia, la demanda debe ser declara sin lugar, en virtud de no haberse demostrado la falsedad de la imputación o que la manifestación de 'corrupto”, fuera injuriosa o calumniosa”, explica la sentencia.
El tribunal estuvo integrado por las juezas Alba Ramírez Bazán, Melania Jiménez Vargas y Andrea Latiff Brenes quienes agregan que ni siquiera entraron a analizar los hechos este proceso.
“A pesar de que se tuvo por demostrados los mismos, tal y como se indicó supra, se hecha de menos el presupuesto objetivo de la necesaria condena en materia penal, sea la demostración de la imputación de cargos a los demandados”.
Por esa razón, las juezas declararon sin lugar la demanda que se tramitó bajo el expediente 15-000217-0183-CI, contra la cual no se presentó apelación.