El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) intenta librarse de la obligación de aplicar al 100% las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) que buscan garantizar la transparencia de sus finanzas.
Así lo evidencian gestiones recientes de la institución para tratar de traerse abajo una rebaja del 14% en las tarifas eléctricas que entró a regir en enero pasado.
El 18 de diciembre, la empresa apeló esa reducción ante la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) pues alega que ceñirse a las normas NIIF le causa un perjuicio de ¢34.000 millones por efecto de esa última fijación tarifaria.
Las NIIF consisten en estándares internacionales que uniforman la aplicación de reglas contables e impiden interpretaciones alternativas de los datos.
Una ley aprobada en 2018 obligaba al ICE a adoptar estas disposiciones al año siguiente, pero no fue hasta octubre del 2020 cuando anunció que iba a ejecutarlas al 100% a partir de los estados financieros del 2020.
La implementación se anunció dos meses después de que la Aresep exigiera a la empresa pública ajustarse a dichas normas para el envío de información sobre sus gastos e inversiones cuando le informó que le aplicaría de oficio la rebaja tarifaria contra la cual se rebela.
Según el criterio del ente regulador, el cambio permitiría que la institución registrara costos menores por los servicios de generación de electricidad y esto podría derivar en menores tarifas para sus clientes.
Esto ocurrió así con la rebaja del 14% que Aresep aprobó desde el 15 de diciembre anterior.
Con la decisión, el ICE se obliga a ajustar en el futuro su contabilidad vinculada a arrendamientos en algunas de sus plantas que dejaron de registrarse como gastos operativos y ahora son gastos financieros (¢34.000 millones en el 2021) los cuales asume la empresa.
Desde enero, ningún gasto operativo en estos fideicomisos se puede trasladar a los recibos de los clientes.
En su recurso del 18 de diciembre, el ICE manifiesta a la Autoridad que ceñirse a las NIIF no elimina ni modifica sus pagos por obligaciones contractuales que mantiene por contratos firmados hace 18 años ligados a compra de energía a generadores privados.
Además, le plantea el tema de la reclasificación de sus arrendamientos con infraestructura propia correspondiente a los fideicomisos de la planta térmica Garabito (Puntarenas), del proyecto geotérmico Las Pailas (Guanacaste) y la hidroeléctrica Toro III (Alajuela).
En ese sentido, el Instituto insiste en que las normas NIIF le generan “graves daños y perjuicios” porque ya no puede cargar a las tarifas costos derivados de la producción de electricidad en esas plantas.
También alega que la Aresep no tiene potestad para exigirle a los prestadores de servicios públicos la adopción de esas reglas y solicita la nulidad absoluta de la rebaja.
Adicionalmente, pidió a la Autoridad que le reconozca desde los recibos de luz otros ¢84.000 millones por depreciación de plantas, costos y gastos del 2018 al 2021 y otras justificaciones.
La apelación está pendiente de resolución.
Aparente portillo
Solo un mes antes de que el ICE anunciara que iba a aplicar las normas NIIF al 100%, el propio Instituto intentó librarse de esa obligación.
En setiembre del 2020, la empresa presentó un recurso de apelación contra un oficio de la Dirección General de Contabilidad Nacional del Ministerio de Hacienda que le ordenaba aplicar las reglas por completo.
El Instituto alegó que dicho órgano carece de facultades legales para girarle la orden.
El pasado 4 de marzo, Hacienda rechazó la gestión pero el ICE tomó una parte específica de su resolución para volver a insistir en su punto ante la Aresep.
A criterio de Hacienda, la implementación de las normas internacionales de contabilidad en las instituciones públicas rige a partir del plazo fijado por el decreto ejecutivo número 41039, de febrero del 2018.
Dicho decreto, según se indica, señala que el plazo máximo para que el instituciones como el ICE implementen las reglas NIIF era el 1.° de enero del 2020.
“En virtud de lo anterior, solamente, aquellos contratos en curso de ejecución y que fueron formalizados, previo a la entrada en vigencia del decreto ejecutivo número 35616 (noviembre del 2009), pueden continuar siendo tratados con las normas contables anteriores, esto en aras de evitar perjuicios tanto a la empresa, como a terceros”, señala Hacienda.
Mario Mora, intendente de Energía de la Aresep, confirmó a La Nación que en abril pasado el ICE envió esta parte de la resolución de Hacienda para tratar de incorporarla a su apelación; no obstante el documento se envió fuera del plazo correspondiente.
En su oficio, el ICE se basa en esa parte del criterio de Hacienda para enfatizar que no estaría obligada a registrar como arrendamientos financieros los contratos previos a la entrada en vigencia de las NIIF en Costa Rica.
Este martes, la Aresep criticó la resolución de Hacienda al señalar que esta debilita el cumplimiento de las normas pues restringe su aplicación solo a los nuevos arrendamientos del ICE.
“Hacienda cambia de criterio, emitido en opiniones anteriores del 2017 y 2020, en donde sostenía la obligación de aplicar plenamente las normas NIIF”, señala la entidad reguladora.
Agregó que los equipos técnicos de la entidad realizan una análisis de las implicaciones regulatorias de esta resolución, tanto a nivel jurídico como técnico, de cara a la próxima petición tarifaria que haga el Instituto.
Al respecto, Elian Villegas, ministro de Hacienda, afirmó que el ICE cumplirá con las normas y que la resolución de marzo hacía referencia solo a aspectos contractuales específicos de la empresa por lo cual descartó incumplimiento alguno
“Me parece que es un tema ya superado”, concluyó Villegas.