El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) nombró como gerente general interino del Grupo ICE a su actual gerente corporativo de telecomunicaciones, Jaime Palermo Quesada.
El nombramiento se adoptó el 17 de diciembre anterior en la Sesión 6307 del Consejo Directivo del ICE.
Ese mismo día, la Procuraduría General de la República (PGR) le confirmó a ese cuerpo colegiado que la administración anterior del Instituto eliminó sin fundamento legal su figura de gerencia general, lo cual compromete actos emitidos luego por los órganos que usurparon ese despacho.
El peligro de nulidad legal se cernía sobre actuaciones en los últimos cuatro años de la Gerencia Corporativa, la Dirección de Estrategia y Desarrollo de Negocios y la División Jurídica Corporativa del ICE; instancias que arrebataron las funciones de la otrora Gerencia General.
La confirmación definitiva de la Procuraduría en diciembre abría entonces la puerta a toda clase de posibles reclamos legales contra el Instituto.
La noche del 17 de diciembre, el ICE informó, sin mayor detalle, que valoraría acciones para el acatamiento del criterio C–318–2018 de la Procuraduría, donde esta respondió al ICE una consulta de su Auditoría Interna.
Palermo, ingeniero industrial con una maestría en administración de empresas, inicia este viernes 18 de enero sus funciones de gerente general con recargo a su puesto actual; indica el acuerdo del Consejo Directivo del ICE.
El funcionario continuará devengando el mismo salario que recibe actualmente y permanecerá en el cargo, asegura el documento, “hasta que asuma la persona que va a ser nombrada como Gerente General de manera definitiva”.
El acuerdo extiende a Palermo las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, que ya le habían sido otorgadas para su papel como General General interino conforme el artículo 14 de la Ley Constitutiva del ICE.
Irene Cañas, presidenta ejecutiva del ICE, comentó que Palermo estaría no más de un mes en el cargo mientras se localiza a una persona para asumir formalmente el cargo.
“El ICE debe reinventarse. Telecomunicaciones y electricidad deben trabajar más juntos entonces esa persona debe ser capaz de unir ambos negocios y ver más allá de lo que históricamente ha visto la institución. Vamos a buscar entonces a una persona que venga a apoyar es gestión de cambio”, recalcó Cañas.
La jerarca aclaró que la prioridad de Palermo es resguardar que por unas semanas se haga legalmente todo lo que corresponda a nivel administrativo mientras hay un nombramiento permanente de gerente general.
ICE ya lo sabía pero continuó
La eliminación de la Gerencia General sobrevino el 22 de octubre del 2014, según el acuerdo del Consejo Directivo 0012-463-2014.
En aquella sesión, Carlos Obregón Quesada, entonces presidente del ICE y el resto de altos directivos dieron luz verde a la llamada “Propuesta de organización para adoptar el Modelo Corporativo de Gestión aprobado en los Lineamientos Generales de la Estrategia Grupo ICE 2014-2018”, que orientó al Grupo ICE a la integración de sus empresas bajo una estructura de gobierno corporativo.
Según esa propuesta, los directivos variaron por su cuenta la estructura y nomenclatura de la Gerencia General saltándose las vías legales correspondientes; incluida la gestión para una solicitud de reforma de ley a la Asamblea Legislativa.
Otras funciones de la Gerencia General las asumió la llamada División de Estrategia y Desarrollo de Negocios y la llamada División Jurídica Corporativa; ambas adscritas a la Presidencia Ejecutiva del ICE.
El 30 de julio del 2002, la PGR ya había emitido un razonamiento semejante ante una solicitud de criterio que le hizo la entonces directora jurídica del Instituto, Julieta Bejarano Hernández.
Específicamente, la exfuncionaria consultó si el Consejo Directivo debía o no nombrar un Tesorero Institucional porque, argumentó entonces, dicho nombramiento “cayó en desuso, en ejercicio de la potestad de reorganización interna que tiene el Consejo Directivo”, indica el criterio C-190-2002 del 30 de julio del 2002.
La PGR le aclaró entonces a la funcionaria que la ley sólo puede ser “derogada, abrogada o modificada” por otra norma de igual rango.
Ni el desuso, ni una práctica administrativa, ni tampoco el criterio técnico de un órgano de la Administración Pública, aclaró entonces la PGR, tienen la “potencia suficiente” para modificar una ley o dejarla sin efecto.
“Tampoco la potestad de reorganización interna del Consejo Directivo tiene la potencia para dejar sin efecto una ley de la República.
Todo lo contrario, la validez de los actos que emita en ejercicio de esa potestad ese órgano colegiado, depende de su respeto al ordenamiento jurídico, en especial a lo que dispone la ley.
En otras palabras, el ejercicio de la potestad organizativa solo es válida cuando se ajusta al ordenamiento jurídico ( principio de legalidad)”, aclara el documento.