La compañía canadiense Infinito Gold desistió de un procedimiento para anular la resolución emitida en 2021 por un tribunal arbitral internacional, la cual determinó que Costa Rica no debía indemnizar a esa empresa por el fallido intento de crear una mina a cielo abierto en Crucitas, en Cutris de San Carlos.
En junio del 2021, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) exoneró al Estado costarricense luego de un proceso de arbitraje iniciado en marzo del 2014. La decisión final y unánime descartó la reparación económica para Infinito Gold, que reclamaba casi $400 millones.
La firma extranjera solicitó en octubre de ese mismo año reanudar el proceso de arbitraje contra Costa Rica ante el Ciadi, por lo cual presentó un procedimiento de anulación de dicho fallo.
Sin embargo, el sitio oficial del Ciadi consignó el 14 de junio de 2024 que las partes habían presentado una solicitud de terminación del procedimiento de conformidad con las Reglas de Arbitraje del CIADI 53 y 43(1). El caso permanece pendiente de resolución en el Ciadi.
“Sobre la disputa entre Industrias Infinito y el Estado costarricense, mantenemos expectativas cada vez más positivas sobre un desenlace favorable a los intereses de Costa Rica en esta larga disputa”, declaró Manuel Tovar Rivera, ministro de Comercio Exterior, a La Nación.
El proyecto minero en Crucitas
El arbitraje interpuesto por Infinito Gold en el 2014 sobrevino después de su imposibilidad de continuar con su plan de operar una mina de oro a cielo abierto.
Infinito inició operaciones en el país mediante un permiso otorgado en el 2002, durante el gobierno de Miguel Ángel Rodríguez (1998-2002), para la explotación de oro a cielo abierto en Crucitas, en el distrito de Cutris de San Carlos.
Sin embargo, el proyecto no dio pasos significativos sino hasta el 13 de octubre del 2008, cuando el presidente Óscar Arias y su ministro de Ambiente y Energía, Roberto Dobles, firmaron el decreto número 34801-Minaet, que lo declaró “de interés público” y “conveniencia nacional”.
Disconformes con estas decisiones, los grupos ambientalistas Apreflofas y Frente Norte por la Vida (Unovida) acudieron al Tribunal Contencioso Administrativo, el cual, el 24 de noviembre del 2010, anuló el contrato.
Los jueces detectaron irregularidades en los permisos y determinaron daño ambiental debido a la corta de árboles de almendro amarillo, protegidos por ley.
Aquella decisión fue ratificada en el 2011 por la Sala I de la Corte Suprema de Justicia, por lo que además se anuló el decreto de Arias. También ordenó a Infinito indemnizar al país por los perjuicios causados.
Al quedarse sin más espacios jurídicos, Infinito acudió al arbitraje internacional ante el Ciadi, una entidad del Banco Mundial con sede en Washington D. C.