
En noviembre, la Junta de Protección (JPS) comunicó un cambio referido al depósito de premios para quien compra fracciones de lotería desde el sitio www.jpsenlinea.com. Esa disposición es crítica de cara al juego del gordo navideño este 17 de diciembre.
Quien suele comprar billetes por ese canal y acierta un premio, recibe un pago automático el cual se acredita en la cuenta IBAN registrada en la plataforma de ventas en línea. Sin embargo, JPS no hará el depósito si la cuenta IBAN registrada pertenece a alguien diferente al titular del usuario en línea registrado en su sitio oficial.
En eso consiste el cambio.
Además, la entidad dispuso que la cuenta debe ser en colones y hallarse activa y actualizada antes de cada sorteo para que el sistema reconozca a tiempo el método de pago para el depósito en caso de acertar; especialmente antes del sorteo de la tradicional lotería navideña.
El IBAN (Número de cuenta bancaria internacional, por sus siglas en inglés) es una forma de numeración estandarizada para identificar cuentas de fondos tanto a nivel nacional como internacional.
“A las personas que no registren su cuenta IBAN en dicho canal, no se les acreditará el pago automático de un premio en dinero”, informó la JPS en el Alcance N.º 215 al diario oficial La Gaceta N.º 204 del pasado 3 de noviembre.
Si un jugador registrado en línea gana, pero la cuenta registrada no es suya, esa persona deberá honrar ciertos pasos y requisitos para cobrar el dinero en caso de ganar un premio.
En primer lugar, daberá remitir al correo electrónico jpsp.premios@jps.go.cr, desde el correo registrado en la plataforma en línea de la JPS, una fotografía de su cuenta IBAN o presentar en la plataforma de servicios la constancia de la cuenta IBAN con un máximo de un mes de emitida por el banco o entidad financiera a nombre del ganador.
Si el ganador del premio solicita el pago en efectivo, corresponde a la plataforma de servicios brindar la autorización respectiva, de acuerdo con las disposiciones administrativas vigentes.
Eso sí, el pago en efectivo no lo podrá tramitar un representante del ganador.
Además, si el sistema determina, al momento de validar un premio, que fracciones adquiridas en el sitio están a nombre de otra persona, tampoco se generará el pago automático a la cuenta IBAN registrada, pues no corresponde a una cuenta bancaria a nombre del ganador.
Cuidado con quién juega
Si se configura tal escenario, advirtió la JPS, hay que seguir una serie de pasos para que la entidad haga el depósito del dinero.
En tales casos, la persona favorecida deberá remitir por correo electrónico una carta a la Unidad de Pago de Premios, suscrita por quien adquirió las fracciones y firmada por el ganador. El mensaje debe ir sellado con firma digital por parte de ambas personas y, además, el documento deberá ser autentificado por un abogado o notario, también mediante firma digital.
En dicho escrito, quien compró las fracciones debe consignar que autoriza el pago del premio a la persona favorecida e indicar en dicha carta que exime de toda responsabilidad presente y futura a la Junta de Protección Social.
Aparte de eso, deberá adjuntar una constancia de la cuenta IBAN, con un máximo de un mes de emitida por el banco o entidad financiera, a nombre del ganador, y copias de los documentos de identificación, de quien autoriza y del ganador, certificados por un abogado o notario.
Si alguno de los firmantes de la carta no cuenta con firma digital, este documento debe presentarse firmado de manera manuscrita en la plataforma de servicios, junto con los documentos antes indicados.