El Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) le recuerda a los conductores los trámites que se deben cumplir si desea recuperar el vehículo o las placas que fueron decomisados a finales del 2022 e inicios del 2023.
Primero, las personas deben sacar una cita en el sitio web www.csv.go.cr con el objetivo de evitar aglomeraciones, ya que muchas personas podrían tener la necesidad de retirar sus automotores o placas.
Por otro lado, los montos a pagar por acarreo del vehículo decomisado son de ¢8.016,27, por los primeros 6 km o menos, y de ¢1.336,04 por cada kilómetro adicional o su fracción. Por concepto de custodia, el rubro es de ¢4.846,81 por día.
Estos montos deben cancelarse también para poder retirar el automotor en custodia del Cosevi.
Hasta que los infractores tengan pagas las multas, es que deben apersonarse a la Unidad de Impugnación del Consejo más cercana y solicitar la orden de devolución.
En ese momento es cuando las autoridades les hacen el cálculo del dinero que tienen que cancelar por la grúa y por cada día de custodia. Solo los dueños registrales o una persona que tenga a mano una autorización hecha por un abogado pueden hacer el trámite.
Carlos Rivas Fernández, Director Jurídico del Consejo, detalló que el cálculo de días a pagar se hace con base en el día anterior; es decir, se calcula el monto sumando los días entre el día del decomiso y el día anterior al que se están haciendo los cálculos.
Partes en días festivos
Los supuestos infractores tienen 10 días hábiles para apelar un parte, si lo estiman procedente, por lo que en ese conteo no se deben sumar los días entre el 24 de diciembre del 2022 y el 8 de enero del 2023.
Si a una persona se le registró en el sistema una multa el 23 de diciembre, que fue el último día laboral de ese año en el Cosevi, tendrá 10 días hábiles para impugnar, es decir, podrá apelar incluso el 20 de enero.
A partir de este 9 de enero, las personas pueden hacer sus apelaciones es recepciónimpugnaciones@csv.go.cr, cumpliendo como requisito que la persona firme manualmente el documento, que luego puede escanear, si no tiene firma digital, y adjuntar imagen de la cédula de identidad.
Los documentos adicionales, como la copia de la cédula de identidad y las pruebas, deben enumerarse y aportarse como anexos o escanearse en un solo documento.
LEA MÁS: ¡Ojo! Amnistía para 146.000 vehículos pendientes de revisión técnica vence el 9 de enero