La multa para las personas extranjeras que permanezcan en el país más tiempo del autorizado por la Dirección General de Migración y Extranjería, se mantiene suspendida.
Dicha sanción aplicaba tanto para turistas a los que se les vence el plazo de 90 días para permanecer en el país, como para aquellos con residencia temporal o categorías especiales con el documento vencido.
La multa establecida en $100 por cada mes de estancia irregular, está congelada desde abril del 2020. La medida fue incluida en un decreto en consideración a los trastornos en viajes causados por la emergencia sanitaria.
No obstante, incluso desde antes de la pandemia, la sanción venía siendo pospuesta debido a problemas técnicos de la misma ley.
Por esa razón, Migración determinó que sería cobrada de manera retroactiva desde su aprobación, en marzo del 2010. La dependencia del Ministerio de Gobernación, no detalló si cuando se levante la suspensión por la covid-19 mantendrían esa directriz.
La norma indica que si la persona no puede o no quiere cancelar la multa al momento dejar el país, el oficial de Migración le pondría un impedimento de ingreso por el triple del tiempo en que la persona permaneció de forma irregular.
La DGAC también detalló que quienes ingresen bajo la categoría de turista, pueden solicitar una prórroga previo al vencimiento del plazo de su estadía.
Dicha prórroga puede solicitarse una única vez. Los requisitos pueden consultarse en este enlace. Además para la presentación de la solicitud debe sacar cita a través del sitio https://servicios.migracion.go.cr/Citas/Account, bajo la clasificación Visas - Trámite General o bien llamando al 1311.
Ingreso y salida por vía terrestre
Para febrero, se mantienen las condiciones y requisitos para el ingreso de costarricenses y extranjeros con permanencia legal autorizada.
Deben presentar el formulario Pase de Salud, demostrar su categoría migratoria vigente y que está asegurado. Se recomienda portar su número de seguro social, el cual puede encontrar en la orden patronal, un recibo de pago de seguros o de retiro de medicamentos de la Caja Costarricense de Seguro Social.
Además, las personas que ingresen por esta vía deberán cumplir una orden sanitaria de aislamiento por 14 días.
En el caso de las personas que salgan vía terrestre hacia Nicaragua, Migración exige que deban presentar una prueba de covid-19 con resultado negativo realizada 72 horas previas a su salida del país.
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" Este requisito será exigible tanto a personas costarricenses como extranjeras que pretendan viajar hacia Nicaragua. A las personas que no cumplan con este requisito, no se les autorizará el egreso del país por parte de las autoridades migratorias costarricenses”, indicaron.
De acuerdo con esa dirección, este requisito se toma para evitar un nuevo foco de contagio en los puestos fronterizos de la zona norte, “tomando en consideración la gran cantidad de personas de diferentes nacionalidades que diariamente se presentan a realizar control migratorio de salida en los puestos habilitados para tal efecto en la zona norte de nuestro país”.
Este requisito no aplica para las personas nicaragüenses que provienen de Panamá.
DIMEX por vencer
Otro de los cambios dados a conocer por Migración es que la vigencia de los DIMEX o cédulas de residentes permanentes, temporales y categorías especiales que vencieron después del 17 de diciembre del 2019, fueron prorrogados de manera automática hasta el pasado 11 de enero de este 2021, y las que vencieron después del 17 de marzo del 2020 se prorrogaron hasta el 12 de febrero de este año.
De esta forma, aquellas personas residentes temporales o categorías especiales que su DIMEX venció antes del 18 de diciembre del 2019 ya no tienen una categoría migratoria. Si se venció después del 18 de diciembre pueden renovarla hasta el 11 de marzo de este año.
En tanto, en el caso de las estancias si el DIMEX venció antes del 18 de marzo de 2020, la persona ya no ostenta categoría migratoria por lo cual le aplican las disposiciones correspondientes a la categoría de turismo. Si venció con posterioridad a 18 de marzo de 2020 la vigencia se encuentra prorrogada hasta el 11 de enero de 2021, con posibilidad de renovar hasta el 12 de febrero de 2021.