Los gobiernos locales anunciaron una ofensiva contra la aplicación de la regla fiscal, medida que pone un límite a los gastos de las instituciones públicas.
Para el 2020, ese límite de crecimiento en los presupuestos de las entidades es de 4,67%, es decir, no puede aumentar más allá de ese porcentaje en relación con el plan de gastos de este año.
La medida de contención del gasto quedó en firme con la aprobación de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, sin embargo los gobiernos locales aducen que tienen autonomía municipal para establecer su propio presupuesto, debido a que ellos mismos recaudan sus impuestos.
Según la directora ejecutiva de la Unión de Gobiernos Locales (UNGL), Karen Porras, limitar el crecimiento del gasto a los municipios, frenaría la expansión de programas como policía municipal y atención a la red vial cantonal.
“Nosotros insistimos en que es una mala interpretación de Hacienda, porque las municipalidades son autónomas financieramente, administrativamente y políticamente. Tan es así que los recursos de las municipalidades son captados y gestionados por ellas mismas”, afirmó Porras.
El argumento no es de recibo para el Ministerio de Hacienda, para la cual "la obligación es de acatamiento
obligatorio para todo el sector público, desde el Poder Ejecutivo y sus dependencias, hasta los órganos desconcentrados adscritos a los distintos ministerios; el Poder Judicial; el Tribunal Supremo de Elecciones; al igual que todas sus dependencias.
“Se suman las instituciones descentralizadas no empresariales (incluye las instituciones de educación superior, por ejemplo) y sus órganos desconcentrados; los 81 gobiernos locales (aún Río Cuarto no tiene) y las empresas públicas no financieras”.
Para establecer el límite de creciminto en 4,67%, Hacienda tomó la deuda del Gobierno Central como porcentaje de la producción nominal del 2018, que fue de 53,6%, y los datos del crecimiento de la producción nominal de Costa Rica de los años 2015, 2016, 2017 y 2018.
Con esta medida, la Asamblea Legislativa no podrá aprobar presupuestos por encima del tope de crecimiento; tampoco el Gobierno podría plantear un plan de gastos superior al indicado por la misma ley, de lo contrario se cometería una ilegalidad, señaló Hacienda.
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Acciones en marcha
Alcaldes, regidores e intendentes de cantones de todo el país, aprobaron por mayoría en la Asamblea Nacional de Municipalidades, una moción en la que “se busca impulsar acciones de inconstitucionalidad, recursos y consultas que vayan en defensa del régimen municipal costarricense y su autonomía”.
“Limitar el presupuesto municipal es limitar el desarrollo del cantón. El Gobierno apenas transfiere el 1,19% del presupuesto. Nosotros atendemos el 80% de la red vial cantonal, esto implica que nos limitan un presupuesto que no es competencia nacional, por eso decimos que están violando la autonomía municipal”, insistió Porras.
Hasta ahora, algunas entidades como la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el Poder Judicial, las universidades estatales, que tienen referencias constitucionales, han manifestado objeciones a que se les limite sus gastos.
En el caso de la Caja, la Sala Constitucional, ante consulta de los mismos diputados, aclaró que la regla fiscal no era aplicable ni en el presupuesto de pensiones, ni en salud.
En el caso de la Corte Suprema, la Carta Magna establece que a ese poder le corresponde un 6% de los ingresos ordinarios del Gobierno Central; no obstante, según Hacienda, la regla fiscal sí aplica porque actualmente el presupuesto del Poder Judicial sobrepasa esa cifra.
Un caso similar es el de educación, al cual le corresponde 8% de la producción nominal, según la Constitución Política.
Sin embargo, según la interpretación de Hacienda, dentro del concepto de educación pública se incluye, además del Ministerio de Educación Pública y el Fondo Especial para la Educación Superior (FEES), el presupuesto del Instituto Nacional de Aprendizaje, entre otras asignaciones, por lo que ya sobrepasaría el 8%.
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Las instituciones de educación superior plantearon una demanda ante los tribunales contencioso-administrativos contra el reglamento a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas que las incluye como entidades obligadas a hacer límites en tema salarial.