Las denuncias contra sacerdotes costarricenses por abusos sexuales en perjuicio de menores de edad, tendrán que ser elevadas al Vaticano en un plazo máximo de 90 días, que corre a partir del momento en que el caso se ponga en conocimiento de las autoridades eclesiásticas.
Así lo establece la normativa que dio a conocer este jueves el papa Francisco, mediante su carta apostólica “Vosotros sois la luz del mundo”.
Con estas nuevas reglas, de acatamiento obligatorio para todas las organizaciones católicas internacionales, Jorge Mario Bergoglio pretende resolver de forma expedita las denuncias.
El nuevo procedimiento dentro del proceso canónico que entra a regir el 1.° de junio, ordena iniciar las investigaciones de forma inmediata, una vez se informe a la Iglesia de un posible delito sexual contra un menor de edad o una persona vulnerable.
Las indagaciones, que en nuestro país están a cargo del Tribunal Eclesiástico de la Conferencia Episcopal, deberán concluir en 90 días.
Luego, obligatoriamente, el obispo debe elevar el expediente al Vaticano para que la Congregación para la Doctrina de la Fe emita una resolución. Antes, el máximo jerarca de la diócesis podía desestimar la denuncia y ponerle fin al caso.
Lo que sí podrá el obispo es emitir un voto sobre la investigación. En ese sentido, puede respaldar o desestimar la denuncia, además puede recomendar medidas cautelares contra el cura señalado. No obstante, la decisión final la tendrá el Vaticano.
Según la arquidiócesis de San José, de las 21 denuncias canónicas presentadas contra curas por abusos contra menores en los últimos 10 años, una de ellas fue desestimada en esta primera etapa.
Una vez que el expediente llegue al Vaticano, los vicarios judiciales de la Congregación para la Doctrina de la Fe tendrán 30 días hábiles para dar su veredicto sobre el caso, y de considerarlo, establecer sanciones contra el religioso denunciado.
Dicha resolución podrá ser apelada en los siguientes 60 días, una vez que las partes sean notificadas de la decisión, tal y como se establecía hasta el momento.
El máximo castigo que puede dictar ese órgano, adscrito a la Santa Sede, es la expulsión de por vida de la Iglesia.
Casos ticos
El último sacerdote costarricense castigado por ese alto tribunal fue Mauricio Víquez Lizano, quien recibió la expulsión perpetua del estado clerical, es decir, ya no puede ejercer más como cura.
A pesar de que desde el 2003 la Iglesia católica recibió una denuncia por presuntos delitos sexuales contra el cura Mauricio Víquez, no fue hasta el 2018 que decidieron suspenderlo de la labor sacerdotal, mientras que la resolución de su caso llegó hasta un año después.
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La Congregación para la Doctrina de la Fe podría iniciar a conocer otras dos denuncias canónicas contra otro cura costarricense.
Se trata del sacerdote Manuel Antonio Guevara Fonseca, contra quien se conocen dos denuncias y cuyo expediente sería enviado a Vaticano a finales de este mes, informó la arquidiócesis de San José.
Como medida cautelar, mientras se resuelven ambos procesos en su contra, las autoridades eclesiásticas removieron al cura de la parroquia de Santo Domingo de Heredia, en donde se desempeñó hasta el 27 de febrero pasado.
Contra Víquez Lizano y Guevara Fonseca también se siguen procedimientos ante la justicia costarricense. El primero permanece prófugo de la justicia desde el 7 de enero, mientras que el segundo debe presentarse a firmar mensualmente a un juzgado y no puede cambiar de residencia.
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