Aparte de las investigaciones por presuntas irregularidades en los permisos de tala en el Caribe Sur, el plan regulador costero de Talamanca también ha enfrentado cuestionamientos en la Sala Constitucional, que ya dictó dos sentencias que ordenaron correcciones.
En febrero anterior, el Tribunal Constitucional condenó al gobierno local y al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) por omitir humedales en el plan, que es la hoja de ruta para definir qué tipo de obras y actividades se pueden hacer en ese territorio.
Asimismo, la resolución ordenó al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) certificar el patrimonio natural de la zona marítimo-terrestre de Talamanca, incluyendo la caracterización y delimitación de los humedales. Luego, toda la información debe actualizarse en el plan regulador.
Según esa sentencia, número 2024-003959, Maylin Mora, directora regional interina del Área de Conservación La Amistad Caribe del Sinac, indicó a la Sala IV que desde junio de 2021 se emitió un insumo técnico de caracterización y delimitación de humedales en la costa de ese cantón.
Sin embargo, el documento aún no ha sido catalogado de alcance general, pues carece de validación y oficialización por parte del Consejo Nacional de Áreas de Conservación del Sinac.
“Por lo anterior, considera este Tribunal que, en aplicación del principio precautorio, al versar este amparo sobre bienes ambientalmente relevantes, constitutivos del patrimonio natural del Estado, específicamente de los humedales en la zona marítimo-terrestre del litoral del cantón de Talamanca, debe declararse con lugar el recurso”, señalaron los magistrados.
De acuerdo con el alcalde de Talamanca, Rugeli Morales Rodríguez, ya el plan regulador supuestamente superó todos los procesos pendientes en la Sala Constitucional y está en proceso de cumplir requisitos administrativos.
Sin embargo, uno de estos requisitos señala que Sinac debe notificar cualquier alteración en el patrimonio natural del Estado que haya detectado, en atención al mandato de la Sala, y comunicar la información a la Municipalidad.
El 7 de diciembre de 2023, en otro fallo, los jueces constitucionales anularon la audiencia pública en la cual se conoció la propuesta del plan regulador costero debido a la exclusión de los habitantes del territorio indígena de Kéköldi en el proceso de consulta. Aquella audiencia se hizo en agosto de ese año.
Así los decidieron en la sentencia Nº 2023-031756, cuando se declaró parcialmente con lugar un recurso presentado por la Asociación de Desarrollo Integral del Territorio Indígena de Kéköldi.
De acuerdo con el jerarca municipal, dicha audiencia se repitió en marzo anterior, conforme la instrucción de la Sala.