Luego de muchos meses de espera y críticas, este lunes se firmó el reglamento a la ley para atraer nómadas digitales a Costa Rica, que establece las condiciones de ingreso y estancia para estos profesionales extranjeros.
En el texto suscrito por el presidente Rodrigo Chaves, finalmente se eliminaron los trámites excesivos que habían sido incluidos en versiones anteriores, los que, como advirtieron distintos sectores, eran una barrera para la llegada de estos viajeros.
Así, el nuevo reglamento exonera a los extranjeros de apostillar documentos para obtener la categoría migratoria de Estancia para Trabajador o Prestador Remoto de Servicios. El apostillado era “innecesario” y “desproporcionado” según denunciaron en marzo la Coalición Costarricense de Iniciativas de Desarrollo (Cinde) y la Promotora del Comercio Exterior (Procomer).
Inicialmente, la Dirección General de Migración y Extranjería propuso pedirle a los extranjeros apostillar los certificados de antecedentes penales, además de estados de cuentas bancarias y demostración de ingresos futuros a dos años plazo. Incluso planteó citas presenciales durante el trámite de solicitud.
No obstante, en el texto final todo esto se eliminó.
Asimismo, quedó por fuera el intento de Migración de pedir a los interesados que enviaran su solicitud con firma digital emitida en Costa Rica. Si carecía de esta, la persona debía autenticar el formulario con un abogado o notario público en caso de realizarse el trámite en territorio nacional pero, si era en el exterior, la solicitud también debía apostillarse o cumplir el requisito de legalización consular.
“A mí me parece que fue una ley visionaria que se adelanta al ritmo de los tiempos. Felicitaciones a las cámaras porque nos empujaron también. A mí me gusta que nos empujen a hacer las cosas correctas y a hacerlas rápido”, declaró el presidente Chaves.
11 meses
El reglamento acumulaba 11 meses desde que el expresidente Carlos Alvarado firmó la llamada Ley para Atraer Trabajadores y Prestadores Remotos de Servicios de Carácter Internacional (Ley 10.208) y en medio del clamor de empresarios del sector turismo que esperaban la norma para incentivar el arribo de estos trabajadores extranjeros de interés por su estímulo a la economía.
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La falta de reglamento impedía la puesta en vigor de esta legislación que apunta a un mercado emergente de profesionales extranjeros quienes usan las nuevas tecnologías de telecomunicaciones para trabajar desde cualquier lugar del mundo. Según estimaciones de la Cámara Nacional de Turismo (Canatur), esos trabajadores digitales son capaces de inyectar a la economía local unos ¢15 millones por semestre.
Ante la situación, 17 organizaciones, entre cámaras empresariales y oficinas de atracción de inversiones, alzaron la voz con el reclamo de que el reglamento propuesto colmaba de requisitos complejos a los teletrabajadores. Así lo hicieron ver a la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), en marzo, durante la consulta pública de un borrador del reglamento.
“Este reglamento tienen muchos aspectos a destacar que se alinean con la ley y sus objetivos, está diseñado para que el trámite sea rápido y digital pero además que tenga la menor cantidad de requisitos innecesarios. De este reglamento destaco que elimina el apostillado en todos los trámites y fija que la traducción de los documentos pueda estar a cargo de traductores oficiales de Costa Rica, de otros internacionales en los países de origen y por parte de notarios costarricenses”, explicó el exdiputado Carlos Ricardo Benavides, proponente de la ley.
El político destacó esto último porque, si el notario conoce el idioma, puede él mismo hacer la traducción y acelerar aún más todo el trámite. Benavides también destacó la supresión del certificado de antecedentes penales en aquellos países donde esté eliminado para el turismo común. Por ejemplo, Estados Unidos, Canadá y la Unión Europea. En el caso de otras naciones donde ya al turista se le piden certificados de antecedentes y ahí se mantendrá el requisito.
Trámite e incentivos
Nogui Acosta Jaén, ministro de Hacienda, señaló que no era aceptable crear condiciones inaceptables y, por el contrario, era necesario crear incentivos para atraer a estos profesionales.
Como parte de esos incentivos, el nuevo reglamento exonera del pago de impuestos a la importación de equipo personal básico de cómputo, informático, de telecomunicaciones o análogos, para cumplir con sus labores o la prestación de sus servicios. Esto evitar un trámite de exoneración adicional a los visitantes por sus cámaras, tabletas, teléfonos y computadoras.
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Los beneficiarios de este régimen tendrán exención total del impuesto sobre sus utilidades y, en ningún caso, se considerará a los extranjeros como residentes habituales de Costa Rica para efectos tributarios, tampoco se considerará el ingreso que perciben del exterior como de fuente costarricense. Por lo tanto, explicó Acosta, están del todo exentos del cumplimiento de los deberes formales y materiales ante la Dirección General de Tributación.
Según el nuevo reglamento, el formulario puede presentarse digitalmente en la plataforma Trámite Ya, en la dirección electrónica https://tramiteya.go.cr/dgme/. Una vez otorgada la condición migratoria, a los extranjeros se les autoriza ingreso, pero contarán con un plazo de tres meses para tramitar su documento de acreditación migratoria para lo cual sí deben acudir a una cita presencial.
Para dichos efectos, la persona deberá acudir para tomar la fotografía y demás requisitos biométricos necesarios para la emisión del documento. En la cita, deben presentar pasaporte vigente y en buen estado, póliza médica para el trabajador y sus dependientes y comprobantes de pago legales como parte del proceso de obtención de la categoría.
En caso contrario de faltar a esa cita, se procederá a la cancelación del estatus migratorio otorgado.