Este viernes entró en vigor el decreto ejecutivo que extiende la obligatoriedad de la vacuna contra covid-19 a todos los funcionarios del sector público y a aquellos empleados del sector privado cuyos patronos, dentro de sus disposiciones laborales internas, incorporen dicha protección como un requisito.
Los trabajadores que rechacen las dosis serán sometidos a campañas de sensibilización para que cambien de parecer, pero si mantienen la negativa, en el sector privado se exponen a un despido o a una multa de ¢462.000, mientras que los empleados estatales también podrían encarar una denuncia por incumplimiento de normativa y medidas sanitarias ante el Ministerio Público.
Todos los patronos deberán dar un plazo para que los empleados tengan tiempo de vacunarse y tendrán que informar con antelación de las sanciones posibles. Además, la única justificación para no aplicarse la vacuna es presentar una contraindicación médica debidamente certificada.
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Los ministerios e instituciones públicas deberán presentar el 5 de noviembre un primer informe sobre la vacunación de su personal y el 26 de noviembre un segundo reporte sobre el avance de la inoculación. Casa Presidencial fue enfática en la importancia de proteger la confidencialidad de las personas y el debido proceso.
“En cada entidad, los encargados del manejo y protección de la información serán los consultorios médicos o, en su ausencia, el área de salud pertinente; al Ministerio de la Presidencia solo llegarán datos generales sin detalles individuales ni sensibles”, advirtió.
Al mismo tiempo, instó a los jerarcas a persuadir a la gente y a hacer campañas de vacunación en las instituciones no solo para funcionarios, sino también para sus familias.
Las autoridades sanitarias han explicado que el fin de la vacunación obligatoria es que los centros de trabajo sean más seguros y saludables para sus empleados y clientes, además de ayudar al país a avanzar con la vacunación, herramienta más importante para superar la pandemia.
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Además, la Sala IV ya ha confirmado la constitucionalidad de la vacunación obligatoria en el país, al declarar sin lugar 13 recursos de amparo presentados, en mayo anterior, por trabajadores de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) que se negaban a recibir las dosis. En las 13 sentencias, los magistrados rechazaron los alegatos de los funcionarios y recordaron que desde el 9 de octubre de 2020, en la resolución 19433-2020, el tribunal dejó clara la obligatoriedad de la vacunación.
“(...) Esta Sala ha reconocido, en primer lugar, la importancia de la vacunación como parte de la asistencia sanitaria esencial que debe garantizar el Estado costarricense en aras de proteger el derecho fundamental a la salud de todas las personas, y, en segundo lugar, que el resguardo de la salud pública y la prevención de las enfermedades constituye un fin constitucionalmente legítimo que puede justificar válidamente la obligatoriedad de las vacunas”, dijeron los altos jueces.
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