La Sala Constitucional anuló un plus salarial que reciben los profesores de la Universidad de Costa Rica (UCR) y que significa una erogación anual de al menos ¢4.300 millones, según el último dato publicado en el 2018.
Esto dispusieron los magistrados este 24 de abril al resolver una acción de inconstitucionalidad presentada en el 2016 por Otto Guevara, José Alberto Alfaro y Natalia Díaz, cuando se desempeñaban como diputados del Movimiento Libertario.
El beneficio denominado escalafón se le otorga a cerca de 6.200 docentes que forman parte del Régimen Académico y Servicio Docente, un sistema que rige desde 1991 y organiza a los profesores en categorías con base en sus méritos académicos y experiencia, sin importar su jornada.
Definido en el artículo 11 del régimen, el sistema brinda un 3% de aumento sobre el salario base a profesores interinos e instructores que cumplan un año de trabajar en la institución.
A partir del segundo año de laborar, esos mismos trabajadores obtienen el derecho a un segundo escalafón (que suma un 6% sobre salario base).
Este porcentaje es el tope máximo para estas categorías, por lo que los instructores e interinos lo mantienen durante sus años trabajados.
Si el docente es ascendido a la categoría de adjunto, sumará tres escalafones por año, hasta un máximo de tres, los que sumarán 9% sobre el salario base. Ahí se quedará durante el tiempo que sea profesor en esa categoría.
LEA MÁS: Sala IV frena cesantías superiores a 12 años en UNA y dos municipalidades
Entre tanto, los profesores asociados reciben 3% por año, hasta un máximo de 10 escalafones, los que representan un 30% sobre el salario base.
Los catedráticos no tienen tope; a ellos se les aumenta un 3% sobre el salario base por cada año laborado. O sea, si laboran 20 años en esa categoría acumulan 20 escalafones (60% de aumento sobre el salario base).
El rector de la UCR, Henning Jensen, aplaudió el fallo de la Sala y aseguró que “la combinación de anualidad y escalafón crea una situación presupuestaria insostenible y riesgosa para la UCR, además de que resulta poco razonable otorgar lo que de facto era una doble anualidad”.
“Hubiera deseado que la decisión autónoma la hubiera tomado la propia UCR, como ejercicio de una sensata revisión. Pero esta decisión, que no le corresponde a la Rectoría, no fue tomada”, añadió Jensen.
Desde mayo del 2017, el Consejo Universitario (órgano que emite normas en la Universidad) anunció que tomaría medidas sobre este régimen salarial.
La directora del Consejo, Teresita Cordero, confirmó este jueves que una propuesta está en la fase del estudio actuarial y será presentada en los próximos meses.
En el voto 2019-006935, cuya sentencia integral está en redacción, se detalla que lo dispuesto no afecta los derechos adquiridos de los actuales funcionarios.
El vicerrector de la UCR, Carlos Araya, explicó que “de momento lo que nos queda es esperar a que el fallo completo salga para poder analizarlo. Ayer se giró la instrucción a la Oficina de Recursos Humanos para que congele los montos por concepto de este incentivo, por ejemplo, si a mí me pagaban ¢100.000 por ese incentivo, entonces ese monto no tendrá un incremento”.
Los exlegisladores libertarios también presentaron reclamos contra otros seis artículos por violar los criterios de razonabilidad, proporcionalidad y equilibro presupuestario.
Sin embargo, los magistrados declararon sin lugar a cuatro de estos, es decir, los analizaron pero concluyeron que no era inconstitucionales.
Además, los otros dos se rechazaron de plano y ni siquiera entraron a discusión.