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Sala IV anula ley sobre labor comunal en conservación de tortugas en Ostional

Tribunal halló falta de sustento técnico advertido por Procuraduría General de la República debido a ausencia de estudio de impacto ambiental al emitirse normas ahora eliminadas

Arribada de tortugas al Refugio de Vida Silvestre Ostional en junio del 2018. Se calcula que durante el 2020 llegaron unos 600.000 individuos. Fotografía: Refugio de Vida Silvestre Ostional para LN.

Un fallo de la Sala Constitucional anuló el modelo de conservación que se ha implementado en playa Ostional, Guanacaste, para el cuidado de las tortugas que llegan a anidar y el cual ha vinculado a las comunidades de la zona.

Así lo hizo al declarar con lugar una acción de inconstitucionalidad contra la Ley N° 9348 del Refugio de Vida Silvestre Ostional, emitida en 2016, y su reglamento, de 2018. Para los magistrados, esas normativas carecen de sustento técnico, lo que constituye un vicio sustancial.

La oficina de prensa del tribunal constitucional informó de que la decisión fue tomada el 28 de setiembre, por lo que la sentencia apenas está en redacción y aún no se conocen todos sus alcance.. No obstante, confirmó que la sentencia 2022022606 sí tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de entrada en vigencia de las normas anuladas.

La acción que dio origen al fallo fue presentada en agosto del 2016 por una educadora de apellido Jara y una estudiante avanzada de Derecho de apellidos Izquierdo, quienes alegaron, entre otras razones, que la normativa del Refugio de Vida Silvestre Ostional violentaba el artículo 7 de la Constitución Política. Este dispone que los convenios internacionales aprobados por la Asamblea Legislativa, poseen una autoridad superior a las leyes.

Ambas hicieron referencia a un posible incumplimiento de tres convenciones internacionales en materia ambiental, a las cuales se adhirió Costa Rica en materia ambiental. Asimismo, señalaron la supuesta transgresión de principios de explotación racional de la tierra, no regresión ambiental y de irreductibilidad del bosque, el cual implica que dentro de terrenos privados, el área boscosa y áreas cercanas con aptitud forestal son irreducibles.

Según la acción, la ley y el reglamento permitieron el otorgamiento de concesiones a particulares y la posibilidad de explotación económica, incluidas actividades agrarias, comerciales y habitacionales de tipo recreativo que, según la accionantes, “resultan altamente cuestionables, pues no parece existir un motivo válido suficiente para permitir esas actividades en terrenos estatales dentro de un refugio de vida silvestre”.

Para las accionantes, desde el 2014 existían peligros conocidos para los esteros y manglares del propio refugio, ligados a la corta de manglar para sembrar arroz y la contaminación resultante por el uso de plaguicidas y fertilizantes, que luego desembocan en los esteros y afectan la fauna.

Aseguraron que estos hallazgos del Plan General de Manejo del Refugio Nacional de Vida Silvestre Ostional del 2014 no fueron considerados en el estudio técnico de la citada legislación y su reglamento.

De hecho, la Procuraduría General de la República fue consultada por la Sala IV en el marco del expediente del caso (No.16-11132-007-CO) confirmó que la ley anulada nunca tuvo entre sus antecedentes antes de ser creada un estudio de impacto ambiental aprobado por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena).

La Procuraduría también aclaró que la ley y reglamento anulados sí violaban derechos constitucionales porque aclaró que es inaplicable otorgar un permiso de uso para actividades humanas sobre áreas de esteros, manglares, zonas de protección, bosques, terrenos forestales o con esa vocación y otras áreas naturales.

Luis Pardo Mannucci, presidente de la Asociación Cívica de Nosara, que trabaja con el Refugio y da apoyo técnico al sitio, cree que esto no afectará la visitación recreativa por el desove y el uso comercial de los huevos, pero admitió desconocer cuáles actividades humanas quedarán suspendidas.

“De lo que sí tenemos claridad es que esto se trae abajo el trabajo de años en la creación de un plan de manejo del Refugio, porque su aprobación solo estaba a la espera del resultado de esta acción de inconstitucionalidad”, afirmó.

Según Pardo, la ley sirvió para crear un modelo de convivencia armoniosa entre personas que ya vivían en esa zona antes de ser declarada refugio y la propia conservación, cuando la zona se convirtió en un área silvestre protegida.

Para él, la ley condujo a un cambio inédito en la posición de la comunidad hacia la conservación. Antes, dijo, las personas en la comunidad se servían de las arribadas de tortugas y sus huevos solo para fines económicos, pero luego más bien se volvieron sus guardianes.

El vocero aseguró que desde la Asociación coordinarán con instituciones y autoridades para que se proteja a la comunidad y el modelo de conservación actual.

“Hay suficiente información y no se puede alegar que no exista, desconozco cómo llegaron los magistrados a esa conclusión”, concluyó Pardo, quien recordó que la organización de la que forma parte es miembro permanente del Consejo Interinstitucional Asesor del Refugio Nacional de Vida Silvestre Ostional (Cimaco), en sus comisiones legales y de plan de manejo.

Entretanto, Nelson Marín Mora, director del Área de Conservación Tempisque, dentro del cual se ubica el Refugio, declinó referirse al tema mientras no esté redactada la sentencia. Tampoco lo hizo Rafael Gutiérrez, actual viceministro de Ambiente y exdirector del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac).

Ostional es un refugio que incluye las playas y las comunidades de Ostional, Nosara, Pelada y Guiones, que ya existían cuando se creó la zona protegida de 510 hectáreas en zona terrestre y 8.054 hectáreas marinas.

El Refugio es conocido internacionalmente por las llegadas de tortugas lora, baula y negra (todas en peligro de extinción) y además porque protege ecosistemas marino-costeros con el apoyo de las propias comunidades citadas.

Ostional es único en el arribo de tortugas al existir solo nueve sitios similares en el mundo, siendo quizás uno de los más relevantes porque aloja animales todo el año. Solo en el 2020, se estimó el arribo de unas 600.000 tortugas.

Juan Fernando Lara Salas

Juan Fernando Lara Salas

Periodista graduado en la Universidad de Costa Rica, donde cursó Maestría Académica en Ciencias Políticas. Premio al Redactor del año de La Nación en los años 2012 y 2024. Escribe sobre cambio climático, ambiente, energía, servicios públicos y derechos humanos.

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