No pueden quedar sin servicio eléctrico. Esta es la orden que dio la Sala Constitucional en favor de dos mujeres que dependen de un tanque de oxígeno para sobrevivir.
Las vecinas de Desamparados y de Tres Ríos, en La Unión, acudieron al tribunal luego de ser notificadas por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL), de que les suspendería el servicio por falta de pago.
De darse la medida, las máquinas de oxígeno dejarían de funcionar, pues dependen de la electricidad.
Ante esta circunstancia, los magistrados declararon con lugar los recursos de amparo y no le advirtieron a la Compañía de la prohibición de dejarlas sin servicios.
No obstante, también resolvieron instruir al Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) para que asuma el costo de la factura eléctrica de cada una de las afectadas, quienes viven en condición de pobreza extrema. Para concretar el subsidio deben coordinar con la CNFL.
Los magistrados señalaron la Constitución Política de Costa Rica expresa un compromiso en la especial protección de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
“Las normas del derecho social protegen ese mínimo vital requerido para que las personas cuenten con las condiciones materiales que les permitan llevar una existencia digna.
“Asimismo, proporcionan seguridad económica a los grupos sociales desprotegidos y protección ante situaciones que vulneren su dignidad, salud, integridad física e incluso su vida”, manifestó la magistrada instructora del recurso, Nancy Hernández.
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