La Sala Constitucional condenó a la empresa Claro Costa Rica Telecomunicaciones al pago de costas, daños y perjuicios causados a quien fue uno de sus clientes con sordera, por no brindarle la función de subtítulos (llamada Closed Caption) en el servicio de televisión.
Así lo resolvieron los altos jueces el 6 de diciembre anterior una vez resuelto un recurso de amparo presentado por Rándall Morales Jiménez. La sentencia en firme es la número 024238.
Morales Jiménez alegó que la empresa no permite que en su pantalla de televisión aparezca activada la función de subtítulos Close Caption. El hombre, quien es sordo, añade que dicha empresa le manifestó que no cuentan con esta opción en el servicio de Claro T.V.
Jiménez acusó así que la empresa, al no contar con la función de subtítulos, violenta el derecho a la información de él y de toda la población sorda costarricense.
En la sentencia referida, los jueces resolvieron que Claro Costa Rica deberá activar, en un plazo máximo de seis meses a partir de la notificación de esa sentencia, la función en la terminal de Morales Jiménez y deberá hacerlo únicamente respecto de los canales nacionales que ofrezcan dicha función a tenor de la resolución 2003-07275.
“Se condena a la empresa Claro Costa Rica Telecomunicaciones S. A. al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo civil”, agrega el fallo constitucional.
Este diario consultó a voceros de la empresa sobre el fallo constitucional y sobre la demanda civil ya interpuesta por su cliente afectado.
“En Claro Costa Rica tenemos conocimiento del caso del señor Rándall Morales Jiménez, quien aclaramos no es cliente Claro, al cual nuestros abogados le han dado seguimiento. En relación a la demanda civil y a la resolución de la Sala Constitucional que condena a Claro no hemos sido notificados, por esta razón no nos podemos referir al respecto”, informó Carolina Sánchez Rangel, vocera.
Demanda civil
A raíz del fallo constitucional, Morales Jiménez interpuso el 19 de diciembre anterior un proceso de ejecución de sentencia en el Juzgado Civil del I Circuito Judicial de San José, confirmó su representante legal Rodolfo Alvarado Moreno.
En ella, Morales Jiménez reclama al proveedor de televisión ¢100 millones por daño moral.
“El actuar abrupto, desproporcionado y abusivo por parte de Claro Costa Rica, quien a sabiendas de su obligación de garantizar la igualdad de oportunidades y acceso a la información de todos sus usuarios, discrimina a la población sorda costarricense, pasando por encima de sus derechos más básicos, producto de su inoperancia y desinterés en la población usuaria con este tipo de necesidades” precisa el documento de la ejecución de sentencia.
Alvarado Moreno recordó que la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (Ley 7.600) declara que instituciones públicas y privadas de servicio público deben proveer a personas con discapacidad, los servicios de apoyo y ayudas técnicas necesarias para garantizar el ejercicio de sus derechos y deberes. En este caso, acceso a información.
Alvarado agregó que, además, su cliente también se ha visto afectado por invertir recursos y tiempo en trámites, recursos y demás gestiones administrativas para exigir derechos que la demandada debería garantizar a toda la población sorda costarricense.
“Esta exclusión social le ha generado al Señor Jiménez depresión, desanimo, frustración y hasta angustia al verse excluido de compartir un momento tan cotidiano con sus seres queridos como es compartir juntos programas de televisión”, concluyó.