San José
Magistrados de la Sala Constitucional rechazaron de plano una acción presentada por cinco autobuseros en contra de la nueva metodología de cálculo tarifario de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep).
La gestión la interpusieron en agosto Álex Álvarez Abrahams, presidente de Autotransportes Moravia S.A.; Maritza Hernández Castañeda, presidenta Transportes Doscientos Cinco S.A.; Marco Tulio Víquez Ugalde, presidente de la Asociación Cámara de Autobuseros de Heredia; Miguel Badilla Castro, presidente de la Asociación Cámara de Autobuseros del Atlántico y Jorge Arredondo Espinoza, presidente de la Asociación Cámara de Autobuseros y Transporstistas Unidos de Guanacaste.
Según explicaron los magistrados mediante resolución 2016-013509, del 21 de setiembre, los empresarios alegaron que la metodología impugnada vulnera principios de equilibrio financiero del contrato, de interdicción de arbitrariedad, confianza legítima, así como los derechos del empresario a un lucro razonable en el ejercicio de su actividad.
El grupo, además, argumentó que si se llegara a aplicar el nuevo modelo tarifario aprobado en marzo, las tarifas resultantes serían altamente deficitarias y contrarias al principio tarifario de servicio al costo.
Asimismo, los accionantes se quejaron de que el método tampoco reconoce gastos incluidos en el modelo con base en el cual fueron otorgadas las concesiones. Para ellos, la modificación en el cálculo de su rentabilidad "conlleva un serio problema para los concesionarios, cargas que han sido impuestas de manera unilateral y abrupta, pese a que sus concesiones fueron otorgadas conforme a otro modelo tarifario que sí les permitía obtener un lucro razonable en el ejercicio de su actividad".
Los magistrados constitucionales rechazaron la acción al considerar que "los accionantes pretenden hacer pasar como un asunto de control de constitucionalidad, un problema que en realidad es de legalidad".
La resolución indica que los promoventes se encuentran inconformes con la modificación de la metodología tarifaria, en la medida que varía las condiciones en las cuales, inicialmente, suscribieron el contrato de concesión.
No obstante, en criterio de los altos jueces, la acción de inconstitucionalidad "no es el mecanismo procesal para demandar la responsabilidad de la Administración por ese hecho".
"Debe ser en la vía administrativa o jurisdiccional ordinaria donde se defina ese punto. En mérito de lo expuesto, se impone rechazar de plano la acción de inconstitucionalidad", indica la resolución.
El grupo de empresarios forman parte de la Cámara Nacional de Transporte (Canatrans), en la cual Hernández funge como presidenta.
Silvia Bolaños, directora ejecutiva de Canatrans, adelantó que evaluarán acudir a los tribunales ordinarios con nuevas gestiones para combatir la metodología.
"En tal sentido estamos valorando las acciones pertinentes ya que, al dia de hoy, Aresep no ha dado respuesta a las acciones legales interpuestas, entre ellas un recurso de reposición contra la aprobación del modelo y una medida cautelar. Somos respetuosos de lo indicado por la jurisdiccion constitucional", expresó Bolaños.
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Hernández Castañeda y Álvarez Abrahams también habían presentado en julio, junto a otros cuatro empresarios, una solicitud ante la Aresep de valorar un castigo para el intendente de Transportes de esa dependencia, Enrique Muñoz, por contratar un estudio de verificación de las cantidades de pasajeros y carreras reportadas por esos empresarios.
El intendente contrató el análisis a la Universidad de Costa Rica (UCR), para obtener datos independientes sobre la operación de los servicios, con el fin de utilizarlos como parte de los análisis para fijar tarifas en esas rutas, luego de que se hallaran inconsistencias en las cifras presentadas por los empresarios de buses sobre pasajeros transportados y carreras realizadas.