La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto un decreto firmado en 2017 por el entonces presidente Luis Guillermo Solís, el cual permitió la comercialización de tiburones martillo y ballena, entre otras especies amenazadas.
Esa normativa reformó las autoridades administrativa y científicas responsables de la Convención Internacional para el Comercio de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES), un tratado internacional ratificado por Costa Rica, cuyo objetivo es regular el comercio internacional de animales y plantas silvestres amenazadas.
Así, el decreto ejecutivo MINAE MAG 40.379 estableció que al Instituto de Pesca y Acuicultura (Incopesca) era la única autoridad a cargo de evaluar las solicitudes de exportación del sector pesquero con respecto a especies de interés comercial amenazadas o en peligro, tales como el tiburón gris (Carcharhinus falciformis), tiburón martillo (Sphyrna lewini, S. mokarran y S. zygaena) y tiburón zorro (Alopias superciliosus, A. pelagicus y Avulpinus).
Anteriormente, los responsables de emanar los criterios técnicos e implementar medidas asociadas al comercio internacional de especies amenazadas eran el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), como autoridad administrativa y el Consejo de Representantes de Autoridades Científicas (CRAC-CITES), como autoridad científica integrado por universidades estatales, el Incopesca, el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), el sector pesquero y la representación de una organización no gubernamental.
“Esta decisión excluyó la posibilidades de participación de los sectores ambientales, académicos y de la sociedad civil, reduciendo así la oportunidad de ponderar las solicitudes del sector con criterios científicos y de conservación”, indicó MarViva.
De ahí que agotara las posibilidades para la anulación de las disposiciones. La Sala I dictó la anulación del decreto el 13 de noviembre al declarar con lugar el reclamo de esa organización.
No obstante, ya en Congreso hacía fila un proyecto de ley, de iniciativa popular (expediente 21.754), que prevendría pesca excesiva de tiburones al declararlos especies silvestres y no comerciales.
La propuesta plantea subordinar uso comercial de especies a estudios técnicos sobre población de animales, para determinar si es sostenible su aprovechamiento.
Organizaciones celebran
La resolución de la Sala Primera ordenó la nulidad de polémico decreto, así como de todos los actos y actuaciones conexas derivadas de dicha reforma, tales como el listado de especies de interés pesquero elaborado por el Incopesca a partir de los apéndices CITES, y los dictámenes de extracción no perjudicial (DENP), emitidos durante el periodo de vigencia del decreto.
Tan pronto la sentencia integral sea notificada, el Incopesca deberá abstenerse de emitir dictámenes relativos a la exportación de especies de interés pesquero amenazadas, ya que, por medio de este fallo, dicha potestad regresa al CRAC-CITES, para su estudio ante los diversos sectores representados en dicho órgano.
“En 2017, Fundación MarViva interpuso un procedimiento ante el Tribunal Contencioso Administrativo para anular este decreto, alegando, entre otros aspectos, que en el procedimiento seguido para su elaboración y promulgación no se otorgó audiencia a las entidades y organizaciones afectadas con la reforma. Seguimos atentos a la publicación de la sentencia completa, esperando que este fallo sea un precedente importante para nuestro país en materia de la tutela efectiva del derecho a la participación pública en temas ambientales”, declaró Jorge Jiménez, director general de MarViva.
En Costa Rica, la carne de tiburón también registra un consumo promedio de 1.000 toneladas anuales según datos al 2015 del Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa). Entre los años 2007, 2008 y 2009, precisan estadísticas de Senasa, ese consumo osciló entre 1.700 y casi 2.000 toneladas.
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La sentencia de la Sala Primera fue celebrada por otras organizaciones no gubernamentales que luchan a favor de la conservación de la vida marina.
“Misión Tiburón aplaude la sentencia de la Sala Primera. Ahora esperamos que se apliquen las medidas necesarias para detener la sobreexplotación pesquera de los tiburones”, declaró la directora ejecutiva Ilena Zanella.
“Desde el inicio hemos insistido en que una especie en peligro de extinción no puede considerarse jamás una especie comercial, pues viola los acuerdos adoptados en convenciones internacionales de conservación de vida silvestre”, declaró Randall Arauz, de Fins Attached.