El Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo anuló el viernes 9 de febrero la medida cautelar otorgada a la Fundación MarViva y que suspendió el estudio sobre pesca de arrastre promovido por el Gobierno.
La medida cautelar había sido acogida por el Tribunal Contencioso el 13 de noviembre anterior, por considerar que los estudios representaban un peligro inminente de difícil reparación para los ecosistemas marinos.
La decisión forma parte del expediente 23-002732-1027-CA-4, en el cual se tramita el proceso impulsado por MarViva para detener completamente el plan que procura reactivar la pesca de arrastre de camarón en mares costarricenses.
Sin embargo, el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (Incopesca) y la Asociación Cámara Costarricense de Pescadores de Camarón presentaron recursos de nulidad contra la decisión, los cuales fueron acogidos mediante el voto 049-2024-1 del Tribunal de Apelaciones.
Emanuel González Del Valle, director ejecutivo de la Asociación, explicó que denunciaron un vicio de forma por parte de Gerardo Antonio Pérez Alfaro, juez tramitador de la medida cautelar, quien omitió incluir a la Asociación en su condición de tercera parte afectada en este proceso, siendo parte integral de la demanda presentada por MarViva.
Según González Del Valle, al emitir la resolución de la medida cautelar, su organización no había sido consultada ni involucrada en el proceso, aunque la decisión de acogerla sí los afectó. Esto, afirmó, constituyó un vicio de procedimiento.
Melissa Álvarez, vocera de MarViva, confirmó que el Contencioso decidió retrotraer el proceso a sus etapas iniciales al considerar necesario incluir a los actores del sector pesquero industrial y camarero.
La representante declaró que MarViva respetaba la decisión y se ajustaría a ella, por lo que ya presentaron una nueva solicitud de medida, incluyendo al sector camarero.
Razones
MarViva justificó la medida cautelar solicitada al considerar que el estudio sobre pesca de arrastre promovido por el Ejecutivo presenta irregularidades y falencias que contravienen directamente disposiciones emitidas por la Sala Constitucional en esta materia.
Además, señaló la falta de solidez técnica del proyecto, los vicios en su desarrollo y el impacto ambiental potencial que podría ocasionar daños irreparables, violando así el derecho consagrado en el artículo 50 de la Carta Magna.
En la resolución de noviembre, el Tribunal Contencioso ordenó a Incopesca detener las actividades que se están llevando a cabo actualmente y cualquier otro acto relacionado realizado por esa entidad que facilite la ejecución del estudio, incluidos nuevos permisos de pesca.
También se invalidaron los acuerdos de la Junta Directiva de dicha entidad que respaldaron la iniciativa. Todo esto se mantendrá vigente hasta que se resuelva el fondo de la demanda presentada por MarViva el pasado mes de mayo.
El plan para reactivar la pesca de arrastre había sido vetado en 2020, en la administración de Carlos Alvarado.