Una decisión del Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) dejó sin efecto el último intento de la empresa Busetas Heredianas para seguir operando la ruta de autobús 400 BS, de San José a Heredia y viceversa. El recorrido quedará en manos de Transportes Unidos Alajuelenses S. A. (Tuasa).
El traslado del servicio fue una decisión que el Consejo de Transporte Público (CTP) tomó en abril de 2023, luego de analizar una serie de faltas por parte de la empresa herediana.
De acuerdo con valoraciones del CTP, Busetas Heredianas incumplió con la cantidad de unidades convenida para trasladar pasajeros y, en consecuencia, alteró los horarios y frecuencias estipuladas.
Por ello, el Consejo realizó una audiencia el año pasado para atraer interesados, a la cual fueron invitadas cinco empresas como posibles proveedoras. Al final, solo Tuasa respondió.
Entretanto, la empresa de transporte herediana acudió al Contencioso el 20 de mayo del mismo año, ante el cual presentó una solicitud de medida cautelar provisionalísima. La petición fue acogida bajo el expediente 23-002757-1027-CA-4.
Este lunes 29 de abril, ese tribunal declaró sin lugar la medida cautelar, según sentencia N° 2024002793. Una vez que sea notificado del fallo judicial, el CTP deberá precisar a partir de cuándo Tuasa asumirá la operación de la ruta.
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“Dependemos del director ejecutivo del CTP, Freddy Carvajal Abarca. Estamos listos para servir con humildad y eficiencia a la comunidad de Heredia”, declaró Walter Brenes, abogado de Tuasa.
Consultado sobre si valorarían contratar personal de Busetas Heredianas que quedaría sin trabajo por la decisión, dijo que se podría valorar. “Costa Rica durante años ha padecido la falta de choferes en el sector de transporte público”, dijo.
Resolución contra Busetas Heredianas
Según la resolución judicial, Busetas Heredianas argumentó que la decisión del CTP le ocasionaría un cierre técnico al extinguir su operación comercial. Eso, indicó en sus alegatos, dejaría en quiebra a la empresa y sin forma de enfrentar el pago de sus obligaciones con los trabajadores, acreedores y funcionamiento administrativo. Citó que perder la ruta provocaría el despido de sus empleados.
También indicó al Tribunal que, desde su punto de vista, no existía justificación válida para revocarle el permiso de operación, pues adujo venir cumpliendo con el servicio público en tiempo y forma.
Por su parte, el juez tramitador, Josué Salas Montenegro, explicó que hizo una valoración del interés público y el interés particular, es decir, la voluntad de Busetas Heredianas de continuar brindando el servicio.
En este sentido, el juez aclaró que prevalece el interés público, por lo cual rechazó los argumentos del transportista herediano.
“Lo cierto es que ha quedado claro que el servicio público no ha sido brindado con calidad, a tal punto que la autorización para ejercer la actividad comercial, fue revocada, incluso, discutida en sede judicial, produciendo cosa juzgada material”, indica la sentencia.
Esta situación, agregó Salas Montenegro, no ha sido ajena a lo largo de los años y citó como prueba de ello diversas denuncias presentadas, registros de accidentes, acciones administrativas (multas), molestias de los usuarios y diversas inconsistencias.
Todo ello, de acuerdo con la sentencia, dejan ver que las unidades utilizadas no son las más óptimas para brindar el servicio, el trato hacia los adultos mayores es inadecuado, no se cuenta con la cantidad necesaria vehicular para la prestación del servicio, hay incumplimientos a la Ley N° 7600 (Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad) y se llegaron a usar placas que eran de otros vehículos, entre otros.
De acuerdo con el fallo, permitir que Busetas Heredianas siga brindando el servicio en las condiciones actuales, no solo pone en peligro la integridad física de los usuarios, sino, de terceras personas y del propio personas encargado del manejo del automotor.
“Entonces poco importa determinar si la empresa está al día con sus obligaciones, pago de derechos laborales y las ayudas sociales que efectúan, pues no son factores de peso que influyen para la toma de la decisión, por el servicio deficiente que se brinda”, dice la resolución del TCA.
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Se intentó localizar a algún representante de la empresa pero no fue posible pues los números a su nombre no correspondían.