El Consejo Europeo actualizó este martes, los criterios de restricciones para viajes no esenciales desde fuera de la región; primera señal en meses para la eventual reanudación de vuelos turísticos.
El anuncio que realizó una de las siete instituciones de decisión de la Unión Europea (UE), abre la posibilidad de reactivar el turismo de larga distancia, restringido desde el 16 de marzo de 2020. En aquella fecha, la Comisión Europea pidió frenar los viajes por un mes, pero dada la gravedad de la crisis sanitaria por la pandemia de covid-19, las limitaciones se mantienen hasta la fecha.
Conforme a las nuevas reglas, los 27 Estados del bloque comunitario ahora tienen más criterios epidemiológicos para determinar los países a los cuales pueden levantar las restricciones para viajes no esenciales o turísticos, precisa un comunicado del Consejo.
Los nuevos criterios comprenden:
- No más de 25 casos nuevos de covid-19 por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días antes de la fecha de ingreso.
- Una tendencia estable o decreciente de nuevos casos durante un lapso de comparación dado respecto a los 14 días anteriores.
- La realización de más de 300 pruebas por cada 100.000 habitantes en ese país durante los 7 días anteriores a la fecha de ingreso, si los datos están a disposición del Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades.
- No más del 4% de pruebas con resultado positivo entre todas las pruebas de covid-19 realizadas en los 7 días anteriores a la fecha de ingreso, si los datos están a disposición del Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades.
- La propia naturaleza del virus presente en un país; en particular si ahí se han detectado variantes “preocupantes” del nuevo coronavirus.
La recomendación del Consejo no es un instrumento jurídicamente vinculante, pues quienes implementan su contenido son las autoridades de los países. Sin embargo, la mayor cantidad de criterios sí supone una cierta flexibilización respecto a los meses precedentes.
Aparte de los criterios citados, el Consejo sugiere que los países de la UE también consideren la respuesta general a la pandemia de cada nación; en particular la información disponible en aspectos como vigilancia epidemiológica, rastreo de contactos y contención de la enfermedad.
También entran a considerarse el manejo de las autoridades en los países sobre el tratamiento y divulgación de los contagios en esa nación, así como la confiabilidad de la información disponible y las fuentes de datos.
Como una novedad, el Consejo pide a los países europeos considerar incluso la puntuación promedio de los países en todas las dimensiones del Reglamento Sanitario Internacional (RSI) de la Organización Mundial para la Salud.
Además, reitera que la reciprocidad al ingreso de europeos “debe seguir siendo tenida en cuenta caso por caso”.
Si bien la UE abre la posibilidad de nuevo a los viajes de turismo desde fuera del Viejo Continente, anuncia que si la situación epidemiológica empeora rápidamente y se detecta una alta incidencia de variantes “preocupantes” del virus, las restricciones a viajes no esenciales pueden aplicarse otra vez, también, “rápidamente”.
Medidas para viajeros
Aparte de estos criterios, el Consejo recomendó a los Estados miembros exigir a quien viaje por cualquier motivo (esencial o no esencial) una prueba de PCR negativa realizada, como mínimo, 72 horas antes de la salida. Quedan exceptuados trabajadores del transporte y de fronteras (personal aéreo, por ejemplo)
“Deberían imponerse cuarentena y pruebas adicionales a la llegada o después, en particular a los viajeros que lleguen de un tercer país en el que se haya detectado una variante del virus preocupante”, advierte el Consejo.
En lo que respecta a los viajes esenciales, el comunicado anuncia, por primera vez, que los Estados miembros pueden decidir, de forma coordinada, renunciar a medidas anteriores cuando estas obstaculicen el propósito mismo del viaje.
Por ejemplo, autoaislamiento, cuarentena y rastreo de contactos por un período de hasta 14 días, así como pruebas adicionales de covid-19.
Para el personal de transporte, marítimo y trabajadores fronterizos, no se exigirá más que una prueba rápida de antígenos con resultado negativo a la llegada.