La Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) frenó ayer el alza en las tarifas de Internet móvil prepago que anunció el miércoles el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).
La Superintendencia le solicitó al ICE abstenerse de implementar el cobro por descarga a los servicios de Internet móvil prepago hasta que cumpla con una serie de requisitos previos.
Así consta en el acuerdo 019-040-2013 divulgado ayer por la Superintendencia en su portal en Internet.
Esos requisitos están definidos en una resolución de la Sutel, de octubre del 2012.
En el acuerdo se exige a los operadores de telecomunicaciones presentar cada tres meses ante la Dirección General de Calidad de la Sutel “los mapas de cobertura de datos, en los cuales se muestre claramente la velocidad absoluta esperada en las diferentes zonas o áreas en las que este servicio se encuentre disponible”.
Se intentó conocer anoche el criterio de alguno de los responsables de ese negocio en el ICE, pero el teléfono celular del vocero de prensa Elbert Durán estaba apagado.
El ICE anunció, que a partir del 1.° de agosto, iba a cobrar el acceso a Internet móvil por transferencia de kbytes y no por velocidad, como lo hacía.
Eso impactaba, desde ayer, a unos 3,8 millones de clientes de telefonía móvil prepago, y especialmente a aquellos que hacen pesadas descargas de música o videos.
Cada kbytes transferido cuesta ¢0,0085, según la tarifa establecida por la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel). Así, descargar una canción iba a costar ¢33 , en promedio.
El acuerdo divulgado ayer por Sutel también advierte a los operadores de telefonía de que deben respetar los trámites antes de modificar las tarifas de mensajería de texto, multimedia, videollamada e Internet móvil en clientes con contratos pospago.
Por ejemplo, el ICE subió el precio de los mensajes de texto de ¢1,70 a ¢3 y lo anunció este miércoles. En el caso de los clientes pospago, el anuncio de la nueva tarifa (que solo se aplica para los mensajes en exceso del contrato firmado) debió realizarse con 30 días de anticipación. Así, el cliente tiene suficiente tiempo para decidir si continuaba o no con la relación contractual.
Así lo explicaron ayer Gilberth Camacho, presidente a.í. de la Junta Directiva de Sutel, y Glen Fallas, de la Dirección de Calidad.
Si ya se habían hecho cobros en exceso, el operador está obligado de reintegrar la diferencia al cliente.
El requisito de notificar a los clientes contractuales sobre ajustes en las tarifas de mensajería de texto y videollamadas no se aplica para aquellos con líneas prepago.