Solo los empleados públicos que obtengan calificaciones de “muy bueno”, “excelente" o “sobresaliente” serán merecedores del incentivo de anualidad.
Esta es una de las disposiciones de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, que rige de el 4 de diciembre pasado, cuyo objetivo es frenar la entrega automática de ese incentivo.
Para evaluar el desempeño de cada trabajador estatal, el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplán), como rector en la materia, debe elaborar un reglamento que servirá de guías a todas las instituciones, incluidas las autónomas y las universidades.
Este jueves, el Ministerio publicó una propuesta de la normativa que puso en consulta del público por dos semanas para recibir recomendaciones y comentarios. Estos deberán hacerse llegar mediante la dirección web https://sites.google.com/expedientesmideplan.go.cr/empleo-publico
La normativa planteada establece que un empleado “muy bueno” es el que reciba una nota de entre 80 y 90 en su evaluación de desempeño; “excelente” el que obtiene una calificación entre 90 y 99; y “sobresaliente” el que obtiene la mayor nota.
Los funcionarios que se ubiquen en esas tres categorías serán los únicos en recibir la anualidad. Por el contrario, quienes obtengan una calificación “insuficiente”, es decir, una nota menor a 70, deberán ejecutar planes de mejora con el objetivo de mejorar su rendimiento laboral.
“El texto da lineamientos generales para que cada entidad estatal implemente sus propios instrumentos de evaluación de desempeño, de acuerdo con sus particularidades, utilizando como base el lineamiento general dado por el rector”, manifestó la ministra de Planificación, Pilar Garrido.
¿Cómo se califica?
Para hacer la calificación, las jefaturas y las oficinas de recursos humanos deberán marcar cuáles son los objetivos con los que debe cumplir cada departamento y funcionario de la institución durante el año, según las metas para cada entidad establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo y otros proyectos estratégicos institucionales.
Al final del periodo, esas mismas dependencias deberán ejecutar la evaluación del desempeño basándose en los parámetros establecidos en el reglamento de Mideplán.
“Cada institución tendrá su propio instrumento, elaborado junto con los departamentos de recursos humanos o con la Dirección General de Servicio Civil, según corresponda”, explicó la ministra de Planificación, Pilar Garrido.
En el caso de los ministerios, Servicio Civil actuará como la oficina de recursos humanos; mientras que para entidades autónomas y otras descentralizadas, tendrán sus propias dependencias.
Con el mecanismo, se otorgará la nota de desempeño anual de cada trabajador y esta determinará si deben o no recibir la anualidad, o ejecutar el plan de mejora en el caso de servidores con desempeño “insuficiente”.
El 80% de la nota estará vinculado al cumplimiento de las metas individuales, del departamento que integran y de la misma institución. Esa nota la establece directamente la oficina de recursos humanos.
Mientras que el otro 20% de la calificación lo otorga el jefe inmediato, quien toma cuenta las competencias de cada trabajador, como puntualidad, excelencia y otros.
Los jefes también serán evaluados
El reglamento divulgado por el Mideplán establece que tanto los trabajadores como los jefes de departamentos tendrán que ganarse su nota, por ende su anualidad y posibles incentivos no monetarios.
La evaluación del desempeño de los jefes incluso es más rigurosa, ya que el 30% de su nota depende de los objetivos trazados por la institución para el departamento que lidera.
Por ejemplo, el líder de una unidad que no logre ningún objetivo no tendrá anualidad, debido a que automáticamente la nota bajará a 70, sin tomar en cuenta los puntos que pueda perder por otros conceptos.
Adicionalmente, los subalternos también pondrán parte de la nota al desempeño de los jefes. Ese concepto corresponderá al 5% de la evaluación.