Luego de días de silencio, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) decidió referirse, este martes, a las críticas contra su propuesta de reforma al Reglamento para la Afiliación de Trabajadores Independientes.
Han fustigado públicamente esa propuesta, entre otros, los colegios de Abogados y de Cirujanos Dentistas, la Federación de Cámaras de Comercio y Asociaciones Empresariales de Costa Rica (Fedecámaras), así como el abogado constitucionalista, Rubén Hernández, y el especialista en Derecho Administrativo, Alan Thompson.
Esos actores sociales han tachado de ilegales, inconstitucionales, arbitrarias, abusivas y hasta de confiscatorias, las reglas propuestas por la entidad para el aseguramiento obligatorio de los trabajadores independientes.
Ante esos señalamientos, el gerente financiero de la CCSS, Luis Diego Calderón, aseguró que la propuesta de nuevo reglamento todavía puede ser modificada y que se podrían tomar en cuenta las sugerencias antes de su aprobación final.
“Lo que se pretende es recoger las observaciones que hagan personas y grupos interesados, para enriquecer la propuesta para su aprobación final por parte de la Junta Directiva (de la Caja)”, aseguró Calderón.
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El anteproyecto de reglamento fue publicado en el diario oficial La Gaceta el 17 de marzo, para un periodo de consulta pública de 10 días hábiles. El tiempo para plantear objeciones o alternativas vence, precisamente, este miércoles 6 de abril.
Cuando venza ese periodo, la entidad de salud “analizará las observaciones, las clasificará y determinará los ajustes que procedan”. De acuerdo con la CCSS, se realizarán las consultas técnicas necesarias para formular una propuesta final, que será puesta para votación ante la Junta Directiva de la entidad.
El gerente financiero aseguró que la creación de la propuesta del nuevo reglamento se ha hecho “en el marco de la legalidad” conforme a las potestades constitucionales que tiene la institución para reglamentar las cotizaciones de los trabajadores independientes.
Rechazó además, algunas de las objeciones contra el texto.
“Esta propuesta no lleva consigo el aumento de los montos que deben pagar los trabajadores independientes, más bien trae mejoras en cuanto a simplificar los trámites que deben realizar los trabajadores independientes con la CCSS e, incluso, la reducción de los plazos de los cobros retroactivos que se realizan cuando la Caja, en su labor de fiscalización, encuentra omisiones”, aseguró Calderón.
Otro es el criterio de Rubén Hernández y Alan Thompson, quienes coinciden en que las cuotas sí podrían percibir un aumento, pues se interpreta en el nuevo reglamento que ingresos no laborales, como las dietas, dividendos y alquileres se contemplarían para establecer las cuotas de la seguridad social.
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Además, debido a la nueva definición de “trabajador independiente” que hace la CCSS en su reglamento, también se amplía el número de personas obligadas a cotizar para el sistema de salud y el régimen de pensiones, pese a que no realicen propiamente una actividad laboral independiente.
Asimismo, establecen que la propuesta no modifica los porcentajes establecidos para determinar la cuota, que son hasta de un 18,5% de los ingresos reportados.
Los abogados aseguran que esos cobros incumplen el principio de igualdad con los trabajadores asalariados y que, además, son contrarios a lo que establece la misma ley constitutiva de la CCSS, según la cual las cuotas de los independientes no pueden superar a las que cancelan los patronos.
Junto con el Colegio de Abogados, denunciaron que esas reglas ahuyentan a los trabajadores independientes a formalizarse, al tiempo que afecta el proceso de reactivación económica.
Otro de los señalamientos es que el reglamento no corrige son los cobros retroactivos de las cuotas de la seguridad social. Cuando un independiente acude a formalizarse, la CCSS revisa las declaraciones de renta ante Hacienda para cobrarle todas las cuotas desde hace 15 años atrás o desde que ese trabajador comenzó su actividad económica.
La entidad también puede girar ese cobro, tanto cuando el trabajador acude voluntariamente a afiliarse, como cuando hace revisiones internas que aplica para perseguir a los informales y obligarlos a cotizar.
Aunque la propuesta busca que se apliquen esos cobros hasta por un periodo de 10 años, diferentes actores coinciden en que esos cobros son ilegales.
El diferendo ocurre porque la Sala Constitucional ha señalado que esas cargas sociales son contribuciones parafiscales. Así, interpretan que, como tales, deben regirse por la norma de procedimientos tributarios, que establece la prescripción de cuatro años.