Con la pandemia, el teletrabajo llegó para quedarse, pero también los problemas por la asignación de tareas fuera de horario laboral, que implica que los empleados lleguen a trabajar más horas de lo que dicta su jornada o que estén pendientes a los requerimientos de sus patronos aun en momentos en que no deban.
Para atender estas situaciones existe un concepto llamado derecho a la desconexión, que le permite al empleado negarse a responder mensajes de WhatsApp o correos electrónicos fuera de su horario laboral, ya que de lo contrario puede considerarse una violación al derecho al descanso.
Esta posibilidad puede ser adoptada por los centros de trabajo con el fin de marcar límites en las jornadas laborales y respetar el tiempo personal de los trabajadores, aun cuando no se encuentren físicamente en las oficinas. Sin embargo, su aplicación en el teletrabajo aún no está debidamente regulada en la legislación costarricense.
Así lo explicó el abogado laboralista Eric Briones, quien detalló que Francia es uno de los países pioneros en este tema, donde uno de cada tres trabajadores activos (37%) reconoce utilizar a diario una herramienta del trabajo fuera de su horario laboral. Esto borra las fronteras entre la vida personal y profesional, al tiempo que los vuelve dependientes de dispositivos electrónicos.
“Este derecho significa que, si no me pagan jornada extraordinaria, no me pueden pedir que me quede conectado más allá del horario que pacté con mi patrono. En el teletrabajo se vuelve aún más necesario porque se marcan límites que sí existen en forma presencial: por ejemplo, cuando alguien se retira de la empresa un viernes, significa que hasta el lunes estará disponible.
“Si no se tiene derecho al desconecte, en muchos casos se ha visto que eso puede generar una molestia para el trabajador e incluso, en casos extremos, sucede el acoso laboral cibernético, que significa que si el empleado no me respondió hoy, le escribo mañana o pasado hasta que me responda, hasta en altas horas de la noche”, expresó Briones.
Según el laboralista, existen distintas formas de aplicar este derecho en las empresas, pero todo empieza con reglas claras entre el patrono y el empleado para acordar un tiempo efectivo de labores dentro de la modalidad de teletrabajo. Es decir, si el horario es de 8 a. m. a 4 p. m., no se podrán enviar correos ni mensajes o llamadas fuera de esa jornada.
Otras tácticas más sofisticadas son utilizar correos electrónicos laborales que solo acepten o envíen informaciones durante un horario establecido, como ocurre en la empresa alemán de automóviles y motocicletas BMW, o que se brinden dispositivos como celulares y computadores que, en teoría, solo permanezcan encendidos durante las jornadas.
Briones argumentó que el Código Trabajo permite aplicar políticas en los centros de trabajo para hacer valer este derecho. “Desde 1943 existe el derecho al descanso mínimo, al respeto a los días feriados y a las jornadas y horarios. Eso está estipulado a partir del artículo 136 en adelante y los patronos pueden apoyarse en eso para reglamentarlo”, detalló.
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Abandono de trabajo
En el otro extremo de la historia está el caso de empleados que se aprovechan del teletrabajo para descuidar sus funciones, bajo la idea de que no serán vigilados por no encontrarse físicamente al lado de su jefe. Para estos casos, dijo Briones, se puede aplicar el despido, porque califica como abandono de labores.
“Hay sentencias de la Sala Segunda desde 2018 respecto a casos de trabajadores que nunca contestaban a sus patronos cuando estaban en teletrabajo o que se desconectaban y no brindan sus servicios, entonces la Sala admitió que era justo el despido cuando se hace esto, porque califica como abandono del trabajo cuando se está teletrabajando”, explicó.
El especialista advirtió de que para evitarse problemas en este sentido, lo adecuado es que las partes pacten el teletrabajo por objetivos y no por horario, pero rescató que en la legislación nacional no está fijado de esa manera, sino por disponibilidad. Por eso, consideró necesaria una reforma a ley de teletrabajo, para también incluir el derecho a la desconexión.
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Todos estos criterios están incluidos en el libro El Teletrabajo en Costa Rica, el cual fue presentado la tarde del viernes durante una ceremonia en el Colegio de Abogados. Los autores son el abogado Eric Briones y el exministro de Trabajo Steven Núñez, bajo la editorial Investigaciones Jurídicas.
“Dentro de las conclusiones y recomendaciones que estamos haciendo en el libro es, precisamente, una reforma a la ley de teletrabajo de 2019, porque como con la pandemia se ha fomentado esta modalidad, ya hemos visto algunas lagunas necesarias de regular, como el derecho a la desconexión”, concluyó Briones, quien ha escrito 18 libros sobre temas laborales.