Una escalera que se deslizó fue la causa del último accidente laboral que sufrió don Erick Mora Abarca y dice que el último, porque ha sufrido otros a lo largo de 26 años de dedicarse a la construcción. El hecho ocurrió hace dos años y lo dejó con lesiones en la tibia y el peroné que lo enviaron a Ortopedia del Hospital Max Peralta, en Cartago.
“Ahí me realizaron una operación y me instalaron unos pines, y gracias a Dios y a ellos todo salió bien”, contó don Erick.
La ocupación de este hombre de 51 años encabeza la lista de actividades con más accidentes laborales. Ahí están constructores, peones de fincas frutales y responsables de mantener el orden público.
No se puede estrictamente afirmar que son los trabajos más peligrosos, porque en Costa Rica no existe un listado oficial de las profesiones u oficios más riesgosos. De hecho, las autoridades de trabajo son del criterio de que ninguna ocupación es peligrosa si se tienen las condiciones adecuadas para ejecutarla.
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Lo que sí hay son datos de los empleos con mayor registro de accidentes. Son estadísticas que emanan del Instituto Nacional de Seguros (INS), razón por la cual solo considera trabajos por los que se paga una póliza de riesgos que se aplicará cuando el beneficiario sufra una lesión. Por lo tanto, no toma en cuenta oficios informales que podrían ser muy riesgosos, como ventas ambulantes o recolección de chatarra.
Según la información del Instituto, en el 2021, las 10 actividades cuyos trabajadores tuvieron mayor incidencia de accidentes o enfermedades laborales al amparo del seguro fueron:
- Construcción de edificios: 11.306 casos.
- Servicios públicos de seguridad social: 9.936 casos
- Cultivo de frutas: 8.043 casos
- Comercios al por menor (alimentos, bebidas y tabaco): 5.482 casos.
- Servicios sanitarios, educativos, culturales: 5.026 casos
- Mantenimiento del orden público y de seguridad: 4.319 casos.
- Administración pública en general: 3.717 casos.
- Cultivo de productos agrícolas y cría de animales (explotación mixta): 3.211 casos.
- Actividades de restaurantes y de servicios móviles de comidas: 3.159 casos
- Actividades de alojamiento para estancias cortas: 2.225 casos.
Todas estas actividades sumaron 56.424 accidentes laborales el año pasado.
El otro indicador importante es el Seguro Obligatorio de Riesgos del Trabajo, que se clasifica según las actividades económicas a las que se dedican las empresas, a las cuales se les asigna una tarifa de experiencia que queda registrada en el manual tarifario correspondiente.
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“Para el cálculo de la prima del seguro se establece una tarifa, según la actividad económica principal a la que se dedica la persona física o jurídica, catalogada conforme a la Clasificación de Actividades Económicas de Costa Rica, publicada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), vigente al momento de la emisión, rehabilitación o estudio de experiencia de la póliza”, explicó la institución.
Actualmente, la prima mínima para la emisión o renovación del seguro es de ¢15.000, sin que exista un máximo, pues dependerá del resultado de multiplicar la estimación de salarios a pagar en el periodo (suma asegurada), por la tarifa vigente de la póliza, de acuerdo con la actividad económica a la que se dedica la empresa y la “experiencia siniestral acumulada”.
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“Para efecto de estimar la prima en riesgos del trabajo, lo que se hace es realizar una proyección de los salarios que se van a pagar durante un periodo determinado. En pólizas permanentes se hace considerando un año, a ese monto se le aplica la tarifa de acuerdo al manual, forma de pago y características propias que tenga la póliza. A partir de eso se estima cuál es la prima que se tenga que pagar, la cual puede ser anual, semestral o trimestral”, explicó el INS.
Según ese mecanismo para el cual se utiliza el manual tarifario publicado en La Gaceta 191 del 5 de octubre de 2016, hay 10 actividades en las que se paga lo equivalente al 8% del salario del trabajador como póliza. Esa es la tarifa más alta.
Estas son las actividades:
- Silvicultura (siembra y manejo de bosques) y otras actividades forestales (8%)
- Extracción de madera (8%)
- Pesca marítima (8%)
- Pesca de agua dulce (8%)
- Extracción de sal (8%)
- Aserrado y acepilladura de madera (8%)
- Actividades de producción de bienes de subsistencia: caza, agricultura, construcción (8%)
- Actividades de producción de servicios de subsistencia: cocina, enseñanza, cuido (8%)
- Transporte interurbano de pasajeros por ferrocarril (7,8%)
- Transporte de carga por ferrocarril (7,8%)
Dinero no compensa riesgo
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), en el año 2018 el entonces jerarca de esa cartera, Steven Núñez Rímola, solicitó al Consejo de Salud Ocupacional (CSO) que determinara cuáles eran las labores más pesadas, peligrosas o insalubres que se realizan en el país, ya que el Consejo Nacional de Salarios (CNS) lo solicitó para establecer una remuneración diferenciada para tales ocupaciones.
No obstante, el Consejo respondió que no tenía potestades legales para la determinación de labores pesadas en función de brindar un incentivo salarial, ya que esto solo corre a cargo del empleador por medio de un estudio realizado por personas calificadas. Además, manifestó que este tipo de trabajos no deben ser compensados con dinero, sino con condiciones adecuadas para laborar.
“Las actividades insalubres, peligrosas y pesadas, deben ser compensadas con el mejoramiento de las condiciones de salud ocupacional y nunca en función de un intercambio de salud por un salario diferenciado. No procede la emisión de una lista taxativa para efectos de otorgar un salario diferenciado, debido a que la implantación de un incentivo salarial mientras permanezca la situación de riesgo, no sustituye la mejora de condiciones para minimizarlo”, señaló el Consejo.
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Por esa razón es que hasta la fecha no hay información oficial de cuáles son las actividades más riesgosas que se ejecutan en el país. Las autoridades alegan que se necesitaría un estudio integral que considere la naturaleza de la actividad, las condiciones de salud ocupacional, las condiciones propias del centro de trabajo, el tiempo de exposición, la distribución de tareas y sus procedimientos y materiales.
“No existe una clasificación de los trabajos insalubres o peligrosos en el país en una escala numérica que los ubique por nivel de gravedad, por lo cual tampoco se tienen registros estadísticos de la cantidad de personas trabajadoras que laboran por sector clasificados por rango de peligrosidad o insalubridad. De igual manera, no se pueden ubicar por zonas geográficas este tipo de actividades”, respondió el MTSS a este diario.
¿Qué se puede considerar insalubre o peligroso? El Código de Trabajo establece en su artículo 294 que “son trabajos o centros de trabajos insalubres los que, por su naturaleza, pueden originar condiciones capaces de amenazar o dañar la salud de los trabajadores o vecinos, por causa de materiales empleados, elaborados o desprendidos, o por los residuos, sólidos, líquidos o gaseosos”.
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Asimismo, el numeral agrega que “son trabajos o centros de trabajo peligrosos los que dañan o puedan dañar, de modo grave, la vida de los trabajadores o vecinos, sea por su propia naturaleza o por los materiales empleados, desprendidos o de desecho, sólidos, líquidos o gaseosos, o por el almacenamiento de sustancias tóxicas, corrosivas, inflamables o explosivas”.
Sin datos sobre empresas
El Ministerio de Trabajo indicó a La Nación que este año se han presentado siete solicitudes de estudios de peligrosidad e insalubridad en empresas para determinar si las tareas califican dentro de los rangos, de los cuales todos tuvieron resultado negativo y ninguno se declaró insalubre o peligroso.
Además, recordó que en 2017, el Consejo de Salud Ocupacional planteó la necesidad de contar con una herramienta tecnológica para facilitar la gestión del Registro Nacional en Salud Ocupacional (RNSO), con el cual se obtiene información relevante a la conformación de las Oficinas y Comisiones de Salud Ocupacional en todo el país.
“Esta necesidad derivó en la elaboración de una aplicación informática accesible vía Internet llamada Portal de Centros de Trabajo (www.pct.go.cr) que le permite a las empresas e instituciones públicas de Costa Rica, acceder a un conjunto de opciones que faciliten el reporte y consulta de información en materia de Salud Ocupacional, las cuales en forma conjunta conforman el RNSO para que mediante el análisis de la información y construcción de indicadores, que sirva de coadyuvancia en la elaboración de política pública en materia de Salud Ocupacional”, explicó la cartera.
No obstante, cuando se le preguntó por cuáles empresas tienen los niveles más bajos de salud ocupacional en el país, afirmó no tener esos datos: “Las comisiones de salud ocupacional forman parte de las estructuras preventivas en los centros de trabajo, no obstante, el Portal de Centros de Trabajo no mide el nivel de cumplimiento de la salud ocupacional en los centros de trabajo, esto se hace mediante una visita de los Inspectores de Trabajo de la Dirección Nacional de Inspección de Trabajo”.
En la última Conferencia Internacional del Trabajo, celebrada en junio, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) incluyó como un convenio fundamental en los centros laborales el principio de un entorno de trabajo seguro y saludable. “En virtud de la declaración, los Estados miembros de la OIT (como Costa Rica), independientemente de su nivel de desarrollo económico, se comprometen a respetar y promover estos principios y derechos, hayan ratificado o no los convenios correspondientes”, dice el acuerdo.