La legislación de Costa Rica no prevé una licencia laboral para los trabajadores que podrían ser aislados mientras ya se confirman nuevos contagios del nuevo coronavirus covid-19.
Eso provoca una incertidumbre sobre la cobertura del salario de los empleados que podrían afrontar esta situación, una vez el virus empiece su etapa de contagio de persona a persona en el país.
Actualmente, hay nueve casos ya confirmados y 34 sospechosos.
1. Mujer de 49 años, estadounidense
2. Hombre de 49 años, esposo de la estadounidense, sin síntomas
3. Hombre de 54 años, costarricense, que permanece internado en condición delicada
4. Mujer de 73 años, costarricense, que tuvo contacto con el hombre de 54 años
5. Mujer de 41 años, costarricense, que tuvo contacto con el hombre de 54 años
6. Mujer de 54 años, costarricense, que tuvo contacto con el hombre de 54 años
7. Mujer de 56 años, costarricense, que tuvo contacto con el hombre de 54 años
8. Hombre de 34 años, costarricense, que tuvo contacto con el hombre de 54 años
9. Mujer de 70 años, estadounidense, residente en nuestro país, con registro de viaje reciente a Estados Unidos, pasando por dos aeropuertos de dicho país
“Por prevención, se podría aislar a una persona que estuvo en contacto directo con otra persona infectada, pero no existe un tipo de licencia o incapacidad que cubra ese periodo anterior a que se pueda confirmar que el trabajador tiene el virus o que exista sintomatología”, señaló la ministra de Trabajo, Geannina Dinarte.
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Las autoridades de salud podrían activar los protocolos de aislamiento cuando una persona tenga nexos epidemiológicos, es decir, que haya estado en contacto directo con otras personas sospechosas de portar el covid-19.
Eso fue lo que ocurrió con los dos primeros casos sospechosos del nuevo coronavirus en el país, el de dos mujeres, de 52 y 47 años, que se mantuvieron aisladas en sus casas luego del viaje que hicieron juntas a Túnez e Italia.
Sin embargo, la medida se levantó apenas se descartaron los casos con los resultados negativos de las pruebas del Inciensa.
Ante el vacío legal que afrontan patronos y colaboradores en estos casos, la jerarca del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) adelantó que enviarán un proyecto de ley al Congreso en los próximos días.
Esa iniciativa reformaría el Código de Trabajo y la Ley General de Salud, para proteger al trabajador en caso de ser aislado.
“Hemos hecho un análisis y no se tiene una previsión para esa etapa previa; entonces, frente a la carencia que tenemos en nuestra normativa, estaríamos haciendo un planteamiento que estamos estudiando todavía, para habilitar un reconocimiento salarial cuando, por declaratoria sanitaria y justificada razón, se pueda hacer un reconocimiento salarial”, afirmó Dinarte.
La jerarca aclaró que, una vez confirmado el contagio, los trabajadores asalariados serán cubiertos con el seguro de enfermedad de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), como sucede con cualquier eventualidad de salud.
El experto en derecho laboral de la firma BLP, Randall González, explicó que también hay otro escenario en la cual los empleados podrían incapacitarse.
“Si la enfermedad se propagó en el lugar de trabajo, podría incapacitarse por riesgo laboral”, señaló González.
Además, advirtió de que las directrices de salud que brinde el patrono son de acatamiento obligatorio para todos los colaboradores. En caso contrario, se podrían exponer a sanciones.
“El patrono tiene toda la potestad de brindar directrices o recomendaciones internas dentro de la organización y que son de acato obligatorio para el trabajador, con el fin de evitar la posible propagación de la enfermedad”, afirmó González.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) instruyó a los patronos a seguir las directrices giradas por el Ministerio de Salud, como disponer de jabón en los servicios sanitarios.
En esa línea, pidió a los trabajadores usar el protocolo de estornudo y tos, a frecuentar el lavado correcto de manos y a evitar besos, abrazos o cualquier tipo de contacto directo con otras personas.
Dinarte también recomendó a los patronos aplicar la medida de teletrabajo, en especial, con aquellos trabajadores que podrían presentar síntomas.
“Necesitamos garantizar que las personas con alguna sintomatología no lleguen al puesto de trabajo para evitar contagios. Hay recursos disponibles para evitarlos, como las incapacidades, en caso de que estén en capacidad de hacerlo, o mediante otros mecanismos como el del teletrabajo o las vacaciones previo acuerdo”, señaló Dinarte.
González, experto en materia laboral, recordó que los patronos no pueden obligar a sus colaboradores a tomar vacaciones por esta situación, a menos de que el mismo trabajador así lo solicite.
Lo mismo ocurre con los permisos sin goce de salario.
Respecto a la atención médica, los patronos no pueden prohibir que sus trabajadores reciban valoración médica; de hacerlo, el empleado podría presentar una denuncia ante el Ministerio de Salud por incumplimiento de sus derechos.