Si usted es empleado con planilla y no sabe el teje y maneje del pago de las incapacidades, no se preocupe que en la sección de Empleo- Costa Rica le vamos a explicar a detalle.
Para este tema hablamos con el experto laboralista Kendall Ruiz, quien nos explicó que los primeros tres días le corresponde un 50% del salario al patrono, pero si la incapacidad es por más de tres días, el pago le corresponde a la Caja Costarricense del Seguro Social o al Instituto Nacional de Seguros (INS), dependiendo si es un tema de salud o de riesgo de trabajo.
“Ronda más o menos un 60% y eso lo hace la Caja o el INS, quienes lo pagan directamente a la cuenta respectiva de la persona trabajadora”, detalló Ruiz.
El especialista explicó que hay que tener en consideración que cuando no hay pagos por parte de las entidades, el reclamo no se le hace directamente al patrono sino a la entidad.
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“Si la entidad no lo deposita, la persona puede iniciar una gestión administrativa ante cada agente para que revisen por qué no se ha gestionado el pago, y si del todo la gestión administrativa no cancela, se podría abrir un proceso contencioso para que paguen”, concluyó el abogado laboralista.