Es falso que el gobierno recibe $5.700 (unos ¢3,3 millones) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por cada refugiado nicaragüense que ingresa al país, como se difunde, de manera errónea, en perfiles y páginas de Facebook.
Tanto la Dirección General de Migración y Extranjería, como la oficina en Costa Rica del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur), confirmaron la falsedad de la información, la cual se comparte mediante una imagen tipo meme.
“La determinación de la condición de persona refugiada o el acceso al territorio de las personas solicitantes de esa condición no deben ser condicionados por remuneraciones económicas y este no es el caso del sistema de asilo costarricense”, puntualizó Acnur en un correo electrónico, ante la consulta de La Nación.
En la imagen con información falsa también se acusa al presidente Alvarado de incurrir en el delito de trata de personas, por los supuestos recursos que recibe su gobierno.
"Carlos Alvarado Quesada delito de trata de personas, el negocio redondo más lucrativo del PAC, su gobierno recibe $5.700 por parte de la CIDH por cada nicaragüense en calidad de refugiado que ingresa al país (sic.)”, dice la imagen con la información falsa que tiene como fondo un retrato del mandatario.
El montaje ya se compartió más de 780 veces desde dos perfiles identificados como Fernández Fernández y José Manuel Lobovargas, así como desde dos páginas llamadas Noticias nacionales CR y MNC San José.
El 27 de agosto de 2018, #NoComaCuento desmintió una información similar referente a las condiciones que tienen los refugiados nicaragüenses en Costa Rica. Las publicaciones afirmaban, erróneamente, que estas personas recibían un “salario” mensual por su condición migratoria.
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Entre el 2001 y el 2018 Costa Rica recibió un total de 50.116 solicitudes de refugio de todas las nacionalidades, casi la mitad de esa cifra se presentó entre junio y diciembre del 2018.
La Nación intentó conocer la posición de la CIDH ante la información falsa, pero no contestaron a los correos enviados.
¿Cuáles derechos tienen los solicitantes de refugio?
Según Acnur, las personas que solicitan la condición de refugio en Costa Rica tienen los siguientes derechos:
-No pueden ser deportados al país donde su vida o su libertad está en peligro por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social o político. Su salida del país solo se puede dar hasta que, en un debido proceso, se analice la solicitud de refugio.
-Las autoridades no pueden detenerlas ni sancionarlas por ingresar a Costa Rica sin autorización (visa), esto si vienen del territorio donde su vida o libertad esté en peligro.
-El estado costarricense está obligado a otorgarles un documento de identidad para acreditar su permanencia en el país. Toda persona, sin importar su edad, debe ser documentada.
-No deben ser discriminadas.
-Derecho a acceder a los servicios bancarios tanto públicos como privados. Es decir, pueden abrir una cuenta bancaria, hacer transferencias y solicitar otros servicios.
-Derecho a acceder al sistema de salud de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), para esto deben estar aseguradas. En caso de que no lo estén y enfrenten una situación de emergencia, tienen derecho a ser atendidas y, posteriormente, se les cobrará el servicio ofrecido.
-Tres meses después de solicitada la condición de refugio, las personas pueden pedir un permiso de trabajo.
-Derecho a la educación al igual que cualquier ciudadano costarricense.
-Derecho a circular libremente por el territorio nacional.
-Derecho de acceder a la justicia, al respeto de las garantías del debido proceso, al derecho de defensa y al derecho de petición y respuesta.
¿Y los refugiados?
Además de contar con los derechos que también ostentan los solicitantes de refugio, cuando la persona adquiere la condición de refugiada puede:
-Traer a su familia a Costa Rica.
-Después de tres años, puede solicitar voluntariamente el cambio de condición migratoria, para pasar a residente permanente, sin perder su condición de refugiado.
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