Soy fiel creyente en los derechos humanos, cuya protección debe otorgarse a todas las personas, independientemente de si sus actuaciones son contrarias al interés público, como en el caso de los narcotraficantes.
En un Estado de tradición democrática como el nuestro, no podemos echar por la borda la tutela de los derechos fundamentales que nos ha caracterizado en razón de problemas que es posible resolver por medios alternativos. No es justificable eliminar derechos a los costarricenses por las actuaciones deleznables de unos pocos.
No podemos caer tampoco en la fácil posición de rendirnos ante el embate del narcotráfico y admitir que nuestro sistema jurídico y carcelario es insuficiente para disuadir a la gente de incurrir en esas actividades delictivas.
Quienes promueven la reforma del artículo 32 de la Constitución Política para autorizar la extradición de costarricenses consideran que serviría para que los que se dedican al narcotráfico abandonen la actividad delictiva, puesto que el régimen carcelario de otro país es más duro y, en algunos casos, permanecerán perpetuamente en prisión.
Sostienen, además, que en Costa Rica el sistema penitenciario es muy débil y las prisiones carecen de condiciones mínimas de seguridad, aparte de que, debido a la falta de controles eficaces, los capos continúan dirigiendo sus organizaciones criminales desde el centro penitenciario donde estén recluidos.
Argumentos infundados
En cuanto al primer argumento, si lo que se busca es disuadir a los narcotraficantes locales de que abandonen esa actividad colocándoles una espada de Damocles, que representaría para ellos su extradición hacia países donde las condiciones en las prisiones son estrictas y gracias a sus sistemas de seguridad no tienen ninguna posibilidad de comunicación con el exterior, entonces, los propulsores del cambio constitucional en cuestión deberían proponer una reforma para autorizar la pena de muerte a los narcos y la autorización para torturarlos.
Estos sí serían elementos disuasorios y en consonancia con la lógica que inspira la reforma del artículo 32 de la Constitución Política en examen.
Desde luego que hacerlo sería una barbaridad, pero se corresponde con la lógica de permitir la extradición de nacionales, pues cuando se trata de establecer instrumentos jurídicos para desincentivar el negocio de las drogas, esa sería, sin lugar a dudas, la más convincente. Sin embargo, sería un retroceso jurídico y humano sin parangón en nuestro país.
Quienes propugnan la reforma constitucional parecieran ignorar que el artículo 6 bis del Código Penal establece que los delitos de narcotráfico que cometan costarricenses en el exterior sean juzgados aquí.
En estos casos, basta con que la nación interesada, por medio de su embajada, presente la denuncia ante el Ministerio Público y aporte las pruebas.
Es decir, los costarricenses que cometan delitos relacionados con el narcotráfico en el exterior no quedarán impunes.
Otras medidas
Las inadecuadas condiciones de nuestras cárceles para albergar narcotraficantes deberían servir para impulsar la creación de un centro penitenciario especial, dotado de tecnología moderna para recluir en él a los narcotraficantes. Estoy seguro de que Estados Unidos financiaría la construcción y el entrenamiento del personal carcelario.
Por otra parte, si en realidad quieren tomarse medidas para disuadir a los narcotraficantes, debe reformarse la Ley de Ejecución de la Pena para que de esa forma la condena se cumpla completamente, para que los años carcelarios sean de 12 meses y no de 10 y para que no exista la posibilidad de excarcelación anticipada por buena conducta.
Por ejemplo, si un narcotraficante es condenado a 30 años de prisión, deberá permanecer encarcelado las tres décadas sin posibilidad de descuento por portarse bien.
En síntesis, ninguna de las razones extrajurídicas que se han dado para justificar la extradición de nacionales por el delito de narcotráfico es de recibo, pues para lograr el efecto disuasorio que persigue la reforma constitucional en examen, bastaría con aplicar la legislación en vigor, introducir un par de reformas en la Ley de Ejecución de la Pena y conseguir que el gobierno de los Estados Unidos financie al país una prisión de máxima seguridad para enviar ahí exclusivamente a los narcotraficantes.
El autor es abogado constitucionalista.