No hay duda: el gran déficit fiscal constituye hoy la arista más débil, el talón de Aquiles de la economía costarricense. En el Ministerio de Hacienda y la Asamblea Legislativa se estudian menús de posibles acciones correctivas. Es de esperar que esos ejercicios vayan más allá de la poesía, y las medidas consideradas tengan los efectos cuantitativos requeridos, pues, para evitar que el endeudamiento del Gobierno Central continúe creciendo y la carga de intereses siga comiendo más y más recursos del presupuesto nacional, la socada de faja debe ser de, al menos, un 4 % del producto interno bruto. Para referencia, en la actualidad un 1 % del PIB equivale a unos ¢370.000 millones.
En este empeño, quisiera destacar dos importantes iniciativas planteadas en este espacio (“Página 15” de La Nación) recientemente. La primera tiene que ver con una forma eficaz de atender el reto de la inversión en infraestructura pública; la otra indica cómo controlar el crecimiento de significativas partidas de gasto corriente.
En un artículo publicado el primero de mayo (“El concierto de las APP”), el Dr. Ricardo Hausmann, exministro de Planificación de Venezuela, execonomista principal del Banco Interamericano de Desarrollo y actual director del Centro para el Desarrollo Internacional de la Universidad de Harvard, destaca los altos estándares de análisis técnico necesarios para llevar a buen puerto las concesiones de obra pública y cómo ello podría ser fuente de atrasos y hasta alimentar la corrupción.
Indica que en el proceso de concesión las etapas más sujetas a incertidumbre, y exigen mayor cuidado y rigor técnico, son las de “ingeniería, procura y construcción (EPC, por sus siglas en inglés)”. La etapa siguiente, la de operación de las obras, es relativamente sencilla.
Reconoce el doctor Hausmann que, en los países en desarrollo, la capacidad técnica para atender los aspectos relacionados con las EPC es escasa, por lo cual “puede que la mejor opción sea que el gobierno construya la carretera y venda la concesión para su operación y mantenimiento”, con lo cual obtendría recursos frescos, no solo para costear los gastos incurridos en una determinada obra (en su ejemplo: una carretera con peaje), sino para invertir en nuevos proyectos.
Este esquema puede perfectamente ser utilizado por el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) con sus plantas eléctricas: mediante competitivas licitaciones, las concesiona y, con los recursos obtenidos, construye nuevas plantas para atender la futura demanda eléctrica del país y hasta para, con ganancia, exportar energía al resto de Centroamérica.
Equipo necesario. La sugerencia de Hausmann es interesante y, de acogerse, promete dar frutos a muy corto plazo. Sin embargo, no por ello el país debe renunciar a tener un equipo humano de alta capacidad técnica que, desde el Consejo Nacional de Concesiones, elabore y mantenga, permanentemente actualizada, una lista de proyectos concesionables y llevar a cabo con propiedad todas las negociaciones que, posteriormente, se requieran para darlos en concesión.
Tendríamos infraestructura de calidad sin afectar del todo las finanzas públicas. Y, más bien, cuando esas concesiones lleguen al final de los plazos convenidos, las respectivas obras podrán ser concesionadas de nuevo y aportar recursos frescos al fisco, como Panamá lo hace con su canal interoceánico.
El otro artículo, titulado “¿Es la anualidad un incentivo salarial intocable?”, lo publicó en “Página 15” Paola Gutiérrez, el 24 de mayo. Aunque el análisis se refiere a las anualidades que recibe “una parte privilegiada del sector público”, la autora sostiene –con razón– que su sugerencia “abarca toda la masa de complementos salariales” que opera en las entidades públicas.
El análisis de la abogada Gutiérrez, quien se apoya con fallos de la Sala Constitucional, tiene que ver con lo que en efecto constituye un derecho adquirido y lo que no. Sostiene que los derechos adquiridos se refieren a situaciones del pasado, que han ingresado efectivamente en el patrimonio de una persona, pero no a situaciones futuras, que solo representan meras expectativas de derecho, y pueden ser modificadas por ley.
Convincentemente, sostiene Paola Gutiérrez, que las anualidades (muchas de ellas –agregamos– elevadas y santificadas en convenciones colectivas, que como bolas de nieve incrementan la carga salarial por encima de lo que crece la economía del país y los ingresos tributarios) no son intocables, pues las del futuro pueden ser limitadas por ley y, sin que sea necesario denunciar o renegociar caso por caso, automáticamente una disposición legal modifica las cláusulas de las convenciones que se le opongan.
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Dado que el sector público es un gran empleador, todas las medidas que se adopten para controlar el crecimiento exagerado de sus planillas son bienvenidas, pues, además, ello se traduce en ahorros en la partida de transferencias, cuyo monto también es elevado.
Invito a los diputados recién elegidos, a los miembros del equipo económico de la administración Alvarado, a los representantes del sector privado y hasta a los voceros de los sindicatos del sector público a estudiar con cuidado las citadas dos publicaciones en “Página 15”.
El autor es economista.