Las horas muertas que anteceden a la participación del equipo nacional en el Mundial son al mismo tiempo tan densas y tan volátiles que hay que llenarlas de alguna manera para que no nos reconcoma la ansiedad.
Lo he intentado de distintos modos, todos inútiles. Últimamente, dadas las distorsiones de mi oficio, dedico un rato a preguntarme dónde está el punto de convergencia o de llegada de las disposiciones de la Constitución que se refieren a nuestra organización política, que la explican y justifican; algo así como su destino o su meta.
Creo haber hallado la respuesta en la norma que dice que la ley, el mandato general, es obligatoria, y que en consecuencia nadie puede alegar ignorancia de ella ni renunciar a ella. No es la mía, evidentemente, una opinión incuestionable, y a la larga dice menos de la Constitución que de quien la sostiene, como casi siempre pasa cuando se interpreta y aplica ese texto fundamental. La interpretación desnuda al intérprete.
Así, por ejemplo, algunos se inclinarán por proponer que ese punto al que todo conduce es la regla que interpretada en sentido ecuménico define que el Estado que tenemos, mal que nos pese, es pluriconfesional, sobre todo, de un tiempo a esta parte. O bien, otra disposición que contrasta en extremo con la anterior y a veces la desmiente, aquella que postula la igualdad ante la ley y proscribe toda práctica discriminatoria contraria a la dignidad humana.
Pero en los dos casos, ambas normas sirven más como basamento constitucional de nuestra convivencia que como el punto de llegada del sistema.
Pasa lo mismo con la soberanía popular, que es el más notable fundamento ideológico de la Constitución, aunque la ley sería igualmente obligatoria si esta no existiera. Se lo ha definido diciendo que el Estado liberal republicano es una comunidad de ciudadanos, no de súbditos, que no tienen que padecer la opresión de un poder político que no les pertenece.
Tampoco sirven otras disposiciones referidas más propiamente a los medios para llegar a esa convergencia, como los organismos, aun los más engolados, y los procedimientos: carecerían de arrestos y de norte si después de todo la ley no fuese obligatoria para todos, si pudiésemos disponer de ella a voluntad, o si cada uno dictara la que le convenga.
Carlos Arguedas Ramírez fue asesor de la presidencia (1986-1990), magistrado de la Sala Constitucional (1992-2004), diputado (2014-2018) y presidente de la Comisión de Asuntos de Constitucionalidad de la Asamblea Legislativa (2015-2018). Es consultor de organismos internacionales y socio del bufete DPI Legal.