La proliferación de partidos y la falta de un censo actualizado podrían originar un resultado electoral para diputados indefinido según el Código Electoral, con lo cual no quedaría constituida la Asamblea Legislativa tras las elecciones.
Quienes han tenido la paciencia de leerme saben que desde hace décadas escribo sobre nuestro anacrónico sistema de elección de diputados. Sin pedir permiso a estos fieles lectores (de seguro no lo recibiría), vuelvo con una perorata similar, pero, hasta donde sé, inédita.
A los menos aficionados a los guarismos electorales (a los más entendidos les sugiero saltarse estos tres párrafos) les recuerdo que los diputados se eligen de dos formas: por cociente y por residuo mayor.
El cociente se obtiene al dividir la cantidad de votos válidos emitidos en una provincia entre los escaños asignados a esa de conformidad con el último censo.
Cada partido recibirá tantos diputados como múltiplos de cociente de votos haya obtenido. Por ejemplo, si el cociente en una provincia es de 35.000 votos y un partido recibió 72.000, obtendría 2 diputados por cociente y tendría un residuo de 2.000 para participar en la distribución por residuos. Después de distribuir los diputados por cociente, si aún quedan plazas por asignar, el TSE ordena, de mayor a menor, los residuos de todos los partidos que cumplan, cuando menos, uno de los siguientes dos requisitos: haber elegido como mínimo un diputado por cociente y contar con residuo (incluso cero se considera un residuo); y, sin haber elegido diputados por cociente, haber recibido por lo menos la mitad del cociente (a esta mitad se le llama subcociente), y todos sus votos constituirán el residuo.
Ordenados los partidos en forma descendente por residuo, el TSE asignará los escaños según el residuo de cada partido; al que posea mayor residuo se le otorgará un escaño, luego lo recibirá aquel con el segundo residuo mayor y así sucesivamente hasta agotar los escaños disponibles.
Si después de que todos los partidos con residuos válidos (a o b anteriores) hayan obtenido y sobraran escaños por distribuir, se repetirá el proceso. (art. 205).
Nuestra «sui generis» metodología de elección de diputados ha funcionado mal que bien sin muchos inconvenientes desde hace más de medio siglo. Sin embargo, el Código Electoral no define qué ocurre, ni cómo se distribuirán los escaños en una provincia donde ningún partido obtenga por lo menos una cantidad de votos igual o superior al subcociente (mínimo requerido).
Al no definirse la distribución de escaños en una provincia, tampoco, creo yo, sería posible conformar la Asamblea Legislativa. ¡Claramente sería un desmadre!
No «creo» que esto llegue a ocurrir; ni siquiera pienso que la probabilidad sea alta. Sin embargo, es posible. Con más de 25 partidos inscritos, este indefinido hipotético escenario no debe permanecer tal cual, pues minaría la confianza en nuestras elecciones si llegara a suceder.
La probabilidad de semejante desenlace aumentó desde las elecciones del 2018, no solo por la proliferación de partidos, sino también por la ausencia de un censo reciente que permita balancear las curules, asignándoles el número de diputados correspondiente según el cambio poblacional acaecido en cada provincia. Por ejemplo, Guanacaste presenta el terreno electoral más fértil para la confusión.
Como pueden observar en la ilustración, ante el TSE calificaron 28 partidos con aspiraciones diputadiles en esa provincia; el doble que hace cuatro años. Y, como si esto fuera poco, el cociente (número de votos válidos dividido entre 4 diputados) previsto para Guanacaste (según el aumento de la población con datos del INEC) ha crecido un 7,5 %; más que en cualquier otra provincia.
Según mis cálculos, este febrero el cociente en Guanacaste podría rondar los 37.350 votos, el subcociente (la mitad del cociente) sería 18.687. Si ningún partido alcanza esa cifra, la elección de diputados en Guanacaste quedaría al garete.
El Código Electoral indica que, para optar por diputados, es indispensable que un partido reciba como mínimo un número de votos igual o mayor al subcociente. Si ninguno de los 28 partidos obtuviera esos hipotéticos 18.687, ningún diputado resultaría elegido y, por consiguiente, no se podría constituir la nueva Asamblea Legislativa.
No crean que esta ocurrencia es tan descabellada. En la pasada elección de diputados, en Guanacaste, ningún partido alcanzó el cociente. Solo tres partidos (PLN, PRN y PUSC) superaron el subcociente y, por lo tanto, eligieron diputados.
El PLN sobrepasó el subcociente por bastante (subcociente + 42 puntos porcentuales), pero el PRN y el PUSC, por mucho menos (subcociente + 13 pp). Para el 2022, además, el PLN llegará dividido a las urnas (por el berrinche de Rolando Araya que ya le costó el puesto a Luis Antonio Sobrado, presidente del TSE).
Para evitar que las divisiones intrapartidarias y la polarización política generen más incertidumbre, el TSE debería pronunciarse de antemano y explicar cómo dilucidaría una maraña como la descrita.
Esperemos que el burumbún anterior no suceda; personalmente, no me gustaría. Sin embargo, la mera posibilidad de que la situación ocurra amerita una revisión a fondo del Código Electoral sobre cómo elegimos a los diputados.
Con la actual metodología, ni este trompo ni muchos otros pueden bailarse como se debe. Enderezcámoslo.
Corolario: si un solo partido alcanza el subcociente, recibirá, con derecho legal, todos los escaños de esa provincia. Este trompo sí está feo.
El autor es ingeniero.