Por unanimidad, la Corte Plena aprobó una propuesta del magistrado Luis Fernando Salazar para eliminar el voto secreto en los procedimientos disciplinarios. La solicitud de reforma enviada a la Asamblea Legislativa también pretende derogar la exigencia de una mayoría calificada para imponer sanciones. Si se aprueba, bastará con una mayoría simple.
El planteamiento responde a las críticas por el resultado inicial del procedimiento seguido a cuatro magistrados de la Sala Tercera que desestimaron una causa contra los exdiputados Víctor Hugo Morales Zapata y Otto Guevara Guth en relación con el caso del cemento chino. La resolución se produjo pese a la existencia de elementos de prueba suficientes para continuar la investigación.
El miércoles 11 de julio, la Corte sancionó a los cuatro integrantes de la Sala Tercera con una amonestación escrita, correspondiente a una falta grave. Una mayoría simple de doce magistrados la consideró gravísima y apoyó la aplicación de dos meses de suspensión, pero la ley exige mayoría calificada, es decir, al menos 15 votos. La decisión provocó una ola de críticas, muchas de las cuales se centraron en el secreto de la votación.
El lunes 16, la Corte deliberó sobre una moción para revisar lo actuado la semana anterior, anuló la sanción impuesta y con mayoría calificada de 19 votos decidió imponer un castigo más severo. En esa oportunidad, 15 magistrados se decidieron por dos meses de suspensión sin goce de salario.
Poco antes, diez magistrados habían dirigido una carta a la Asamblea Legislativa para pedir la eliminación de la mayoría calificada y el voto secreto en los procesos disciplinarios. El magistrado Salazar recogió las propuestas y las sometió a aprobación del resto de la Corte. El respaldo unánime obtenido por la moción brinda al proyecto un impulso extraordinario. Es un paso en dirección a la transparencia y ojalá el Congreso le dé trámite expedito. La confianza de los ciudadanos en el Poder Judicial es indispensable para el régimen democrático y, en nuestros tiempos, exige correr todos los velos.
La propuesta de los magistrados es, también, un ejemplo a seguir por la Asamblea Legislativa, donde el reglamento interno permite el voto secreto en diversas circunstancias, pese al derecho de la ciudadanía a saber la posición adoptada por sus representantes. A ciegas no hay posibilidad de exigir cuentas.
La destitución del magistrado Celso Gamboa, también relacionada con el caso del cemento, fue el último episodio de una larga cadena contraria a la exigencia de procesos transparentes, acordes con el sistema democrático. La destitución se decidió por 39 votos emitidos en forma pública y nominal, luego de un intenso debate sobre el artículo 104 del Reglamento Interno, a cuyo tenor se proponía una votación secreta.
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Según los defensores de la publicidad de la decisión, el secreto alteraría el resultado, porque al votar de cara al país los legisladores asumen una responsabilidad imposible de establecer en otras circunstancias. Lejos de garantizar la pureza del resultado, el secreto abre un flanco a los acuerdos bajo la mesa.
El problema se ha planteado, también, en varias elecciones de Directorio legislativo y hasta en procedimientos para los cuales el secreto no está previsto, como el levantamiento de la inmunidad al exdiputado puntarenense Jorge Angulo. En todos los casos citados, el derecho de los ciudadanos a conocer las actuaciones de sus representantes es innegable y cada vez que los diputados lo niegan, el prestigio del Congreso sufre, como sufrió el de la Corte cuando la sanción a los cuatro magistrados se decidió en secreto.