No era difícil predecir el criterio emitido por la Dirección Jurídica de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el 14 de noviembre, recomendando la anulación de las contrataciones con cuatro cooperativas y una asociación de servicios médicos para administrar, durante una década, Equipos Básicos de Atención Integral en Salud (Ebáis) y varias áreas de salud.
Ya la Contraloría General de la República se había adelantado a establecer la nulidad del contrato de la Cooperativa Cogestionaria de Salud de Santa Ana (Coopesana), valorado en ¢31.310 millones. Los demás contratos no corrieron la misma suerte porque en ningún otro caso hubo un segundo concursante capaz de apelar, pero los hallazgos de la Contraloría anunciaban el destino de esas adjudicaciones.
Las contrataciones abarcan el manejo de 138 Ebáis y 10 áreas de salud. En total, costarían ¢471.000 millones a lo largo de la década. El monto y la materia harían pensar en una adjudicación cuidadosa, sobre todo si se considera el accidentado historial del proceso, plagado de retrasos e inevitables prórrogas. Sin embargo, la Contraloría no escatimó adjetivos para explicar el contundente rechazo del convenio de Coopesana, cuya nulidad es “absoluta, evidente y manifiesta”, según dijo. No hay forma de subsanarla y resulta obvia a la luz de una revisión apenas diligente.
La contratación aprobada por la Junta Directiva de la CCSS pasó por alto los criterios técnicos del Área de Contabilidad de Costos y del equipo integrado por personal de varias gerencias para estudiar las ofertas. Ambos señalaron costos excesivos y, finalmente, la Junta de Adquisiciones recomendó declarar infructuoso el proceso por el mismo motivo.
En lugar de acatar las recomendaciones, la Junta Directiva utilizó informes con defectos metodológicos, elaborados por María de los Ángeles Gutiérrez Brenes, entonces directora de Proyección de Servicios de Salud y luego gerenta general de la Caja. En particular, se echó de menos un estudio preciso de la razonabilidad de los precios.
El recurso del concursante desfavorecido en el caso de Coopesana se fundó, precisamente, en la falta de aplicación de los criterios técnicos relacionados con los precios. El mismo vicio estaba presente en las demás contrataciones. La Dirección Jurídica de la Caja solo debió constatarlo para resolver en consonancia con lo dicho por la Contraloría en la única adjudicación sometida a su examen.
“Se concluye así que el vicio absoluto, evidente y manifiesto en la falta de ‘motivo’ del acto final, evidenciado por el órgano contralor, es común sobre todas aquellas partidas objeto de adjudicación, de tal forma que afecta todos los derechos otorgados con base en ese mismo acto administrativo”, dicen los abogados de la Caja. En consecuencia, recomiendan “adoptar el mecanismo legal correspondiente para concretar la declaratoria de nulidad respecto de los derechos otorgados por medio del acto de adjudicación”.
La declaratoria de nulidad exige la apertura de un procedimiento administrativo para garantizar el debido proceso a las adjudicatarias. Luego, se debe pedir a la Contraloría su acuerdo con lo resuelto y, finalmente, el asunto debe ser elevado a la Junta Directiva de la Caja para aprobar la declaratoria.
El procedimiento asegura la prolongación del limbo en que han permanecido los Ebáis desde hace años. Posteriormente, deberá celebrarse una nueva licitación y, de camino, no tardarán en surgir las voces de quienes abogan por poner fin a la tercerización de los servicios, tan exitosa pese a este último episodio amargo. Si el llamado caso Barrenador produjera esos resultados, a las pérdidas habidas se sumará un grave retroceso en la atención de la salud pública.