La Internet y sus redes sociales impulsaron la difusión de un supuesto proyecto de ley para suspender las garantías constitucionales de libre tránsito y reunión, con el fin de combatir la pandemia de coronavirus. Las consecuencias de una medida tan drástica alarmaron a quienes tuvieron conocimiento de los equívocos mensajes.
Se trata de una iniciativa de la diputada Carmen Chan, de la fracción fabricista, ayuna de apoyo y todavía no presentada a la corriente legislativa. La propia legisladora califica el documento de “borrador”, lo cual explicaría sus defectos, desde la curiosa referencia a que “nuestro país y el mundo entero están pasando por una situación de emergencia planetaria” hasta el título contrario al mandato de la Constitución: “Autorización para suspender las garantías constitucionales…”, cuando la facultad del Congreso en esta materia es indelegable. Corresponde a la Asamblea suspender las garantías, no autorizar al Ejecutivo para hacerlo.
Pero la amplia difusión del documento tanto en las redes como por WhatsApp sembró desazón y alarma. Muchos ciudadanos lo dieron por bueno y lo creyeron una iniciativa seria, cuando todavía no podía considerarse siquiera un proyecto de ley, y el Poder Ejecutivo había expresado, en varias oportunidades, su oposición a adoptar semejante medida en el futuro inmediato.
La suspensión de garantías constitucionales, sin previo acuerdo con el Ejecutivo, es un absurdo en las circunstancias. Varias fracciones legislativas de oposición, comenzando por Restauración Nacional, negaron apoyo a la medida si no había una petición al Poder Ejecutivo. Así, se manifestaron, también, la Unidad Social Cristiana, Acción Ciudadana, el Frente Amplio y varios diputados independientes. El Partido Liberación Nacional tampoco ofreció apoyo a la idea, aunque su jefa de fracción se manifestó en términos más ambiguos.
Nadie, incluido el gobierno, descarta la posibilidad de suspender garantías para hacer frente a la emergencia, pero el Ejecutivo lo contempla como un recurso extremo para impedir el contacto entre la gente, y el Legislativo espera prudentemente las decisiones técnicas de las autoridades sanitarias y políticas.
Echar a rodar versiones y borradores no compagina con la responsabilidad esperada de los legisladores y abre espacio para especulaciones y falsedades. Para reafirmar la supuesta inminencia de la suspensión de garantías, casi de inmediato comenzó a circular una orden del día de las sesiones extraordinarias celebradas durante la semana para atender la emergencia del coronavirus. El segundo punto reza: “Suspensión de derechos y garantías”.
A ojos de muchos, el punto quedó probado. El Parlamento —pensaron— está a punto de suspender las garantías del libre tránsito y reunión. No faltaron quienes se sumaron a la estampida en procura de provisiones o tomaron medidas para sobrellevar el “toque de queda”. La verdad es que el orden del día siempre contempla ese punto por mandato del artículo 35 del reglamento legislativo: “El orden de la sesión plenaria es el siguiente: 1. Discusión y aprobación del acta; 2. Suspensión de derechos y garantías, de conformidad con el inciso 7) del artículo 121 de la Constitución Política; 3. Asuntos del Régimen Interno...”.
Una emergencia nacional no es tiempo para el manejo imprudente de la información y tampoco para procurar anotarse puntos políticos. Interferir en las decisiones de los encargados de desarrollar la política pública es contraproducente y tampoco es admisible invocar un supuesto clamor de los ciudadanos, como hizo la legisladora de Nueva República, para justificar sus actuaciones. El coronavirus debe enfrentarse con criterio técnico, no con atención a un puñado de peticiones del público.
Tampoco se vale plantear la medida como una forma de adelantar el trámite por si el gobierno se convence de la conveniencia de suspender las garantías. Por un lado, se trata de una decisión muy seria como para adoptarla “por si acaso” y, por otro, el Ejecutivo puede pedírsela al Congreso en cualquier momento y hasta decretarla por su cuenta si los diputados están en receso. En ese caso, el decreto funciona, también, como una convocatoria de sesiones legislativas para confirmar la medida por dos tercios de votos o, en su defecto, darla por rechazada. La iniciativa de la diputada Chan es totalmente superflua.