El Ministerio de Salud prohibió el etiquetado frontal de alimentos con advertencias sobre el exceso de grasas y alto contenido de sodio, azúcar y calorías. La circular concedió seis meses de plazo para agotar las existencias de productos etiquetados y, a partir de ese momento, importadores y distribuidores deberán ocultar la información por el medio que estimen conveniente mientras no genere confusión.
Para obtener el registro sanitario, los interesados deben presentar la etiqueta original y otra, diseñada a su gusto, para comercializar el producto en un país donde el 70 % de la población sufre sobrepeso, incluido un alarmante número de niños. En esas otras etiquetas, “no se debe visualizar ningún sello de advertencia sobre nutrientes”.
Mario Montero Pérez, vicepresidente ejecutivo de la Cámara Costarricense de la Industria Alimentaria (Cacia), elogió la decisión y descartó que fuera resultado de políticas locales o de “movimientos extraños” de algún sector interesado. Según dijo, “es un asunto de legalidad, pero también de formalidad técnica en materia de salud, porque son modelos gráficos diseñados para realidades de otros países”.
La argumentación se parece mucho a la del Ministerio de Salud. Un comunicado de prensa de ese despacho justifica la medida por la ausencia de “parámetros específicos” en la reglamentación nacional y centroamericana vigente para determinar si un alimento tiene “alto” contenido o “exceso” de algún nutriente importante, como calorías, grasa, azúcares o sodio. En consecuencia, “algunos productos importados ingresan con un etiquetado frontal de advertencia nutricional, basado en regulaciones aprobadas en los países donde fueron fabricados y no en la normativa costarricense”.
La extraña lógica no pretende eximir de las advertencias a los productores del Istmo y mucho menos señala la necesidad de resolver la omisión legislativa mediante el establecimiento de parámetros adecuados. Por el contrario, desemboca en la decisión de censurar la difusión de la información y su recepción por los consumidores. En aras de ese objetivo, justifica imponer la obligación de eliminar toda advertencia, sin importar el costo.
En abierta contradicción con ese empeño censor, el comunicado de prensa afirma: “El Ministerio de Salud vela permanentemente para que los ciudadanos tengan información clara, valiosa y oportuna en el etiquetado de alimentos, que les permita tomar decisiones informadas para su consumo”.
¿En qué consiste ese desvelo si el mismo documento informa sobre la ausencia de parámetros y la decisión de eliminar los pocos datos disponibles en los expendios de alimentos? ¿Cuál es el riesgo de las etiquetas de advertencia? En la absurda hipótesis de que una empresa etiquetara erróneamente como riesgoso el consumo excesivo de un producto, ¿cuál sería la consecuencia para el consumidor? Y si una empresa, por la razón que fuera, decide advertir sobre las consecuencias del exceso, ¿por qué cercenar su libertad de hacerlo?
Nuestra realidad difiere mucho de la europea o la estadounidense, pero ¿se extienden esas diferencias a la cantidad de sodio o azúcar capaz de afectar la salud? Si alguna vez el país establece parámetros, ¿serán tan distintos y laxos como para salir corriendo a cambiar una etiqueta finlandesa porque exagera el riesgo de consumir un alimento en demasía?
Pero las contradicciones abarcan, también, la política de la actual administración. En junio del año pasado, el viceministro Alexei Carrillo, quien pasó a titular del despacho cuando renunció la Dra. Joselyn Chacón, no escatimó elogios para las advertencias: “Desde una perspectiva de derechos humanos, el etiquetado nutricional frontal constituye una real herramienta, importante para proteger la salud pública y a los consumidores. Los alimentos no saludables son uno de los principales factores de riesgo modificables asociados con las enfermedades no transmisibles y la obesidad. Se ha demostrado que el etiquetado nutricional frontal en productos alimenticios ayuda a consumidores a elegir alternativas de alimentos más saludables. La implementación de etiquetado nutricional frontal tiene un impacto positivo en la salud pública, la calidad de vida de la persona y la economía. Desde el Ministerio de Salud, queremos hacer un llamado para que este tipo de iniciativas tengan mayor respaldo y logremos el objetivo, que es una mejor salud y bienestar del país”, añadió.
La contradicción también se manifiesta al contrastar políticas más generales de la administración Chaves con esta medida en particular. El gobierno no cesa de criticar las dificultades existentes para inscribir moléculas y medicamentos en el país. Para facilitar esos procesos, emitió un decreto, con la firma del Ministerio de Salud, para homologar unilateralmente los registros sanitarios de medicamentos otorgados por los miembros del Consejo Internacional de Armonización de los Requisitos Técnicos para el Registro de Medicamentos de Uso Humano.
¿Cómo compatibiliza esa apertura con la prohibición del inocuo etiquetado de productos “basado en regulaciones aprobadas en los países donde fueron fabricados y no en la normativa costarricense?”. Las advertencias nutricionales aprobadas por las autoridades de esos países no valen en el nuestro, al punto de imponer la obligación de ocultarlas, pero sus decisiones sobre los medicamentos, sí.
El Ministerio de Salud debe dejar sin efecto la circular sobre etiquetado frontal o, cuando menos, explicar el fundamento legal específico de la prohibición y los riesgos que justifican sustraer del conocimiento del consumidor lo que libremente le informan productores, importadores y distribuidores.